Con cambios al proyecto inicial, la bancada de Morena presentará hoy al pleno del Senado su iniciativa de Ley de Fiscalía General, en la que se propone someter a consulta las reformas constitucionales para mejorar a la institución, un año después de haber designado al fiscal.
Luego de que los colectivos #FiscalíaQueSirva y #VamosPorMás avalaron el proyecto original, pero demandaron ajustes en el pase automático del personal de la PGR y el servicio profesional de carrera, los mecanismos de designación y remoción, las competencias y el régimen de transición, Morena aceptó cambios al proyecto presentado el pasado 10 de septiembre.
Además de los requisitos que establece la Constitución para ser fiscal por 9 años, se plantea que el titular deba acreditar “buena reputación” con calidad profesional relevante, trayectoria en el servicio público o en el ejercicio de la actividad jurídica, así como honorabilidad, alta calidad técnica, compromiso con valores democráticos, independencia y reconocimiento social.
En la iniciativa suscrita por el coordinador Ricardo Monreal; la próxima secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, y el senador coordinador con el equipo de transición para este tema, Julio Menchaca, se establece que el fiscal sólo podrá ser removido por el Presidente de la República, pero el Senado podrá objetar.
Serán causas graves de remoción del fiscal cuando de manera sistemática no se cumplan los objetivos establecidos en el Plan de Persecución Penal; participe en el ataque a las instituciones democráticas y a la forma de gobierno republicano y federal; participe, tolere, consienta o apoye violaciones graves a los derechos humanos, o cualquier violación a la Constitución, que motive algún trastorno ilícito de forma en el funcionamiento normal de las instituciones.
“El Ejecutivo federal deberá expresar las razones, justificar y acreditar la causa grave que motivó la remoción de la persona titular de la Fiscalía General e informarla al Senado de la República mediante un escrito”, dice.
La Cámara Alta ponderará si objeta o no la remoción, en términos de las fracciones IV y V del artículo 102 constitucional, en su apartado A.
Aunque en el proyecto preliminar se planteó que sería el fiscal quien propondría los cambios a las reformas constitucional, luego de un año de designado, se introdujeron cambios al articulado transitorio para especificar que será mediante consulta a especialistas.
En el nuevo artículo 13 transitorio, se establece que transcurrido un año del nombramiento del fiscal general, y a la luz del Plan Estratégico de Transición y la experiencia acumulada en el proceso de transición, el titular de la FGR realizará una convocatoria pública para la revisión del marco constitucional y jurídico de ésta.
“Dicha convocatoria tendrá como objetivo la identificación, discusión y formulación de las reformas constitucionales, de la legislación secundaria y/o de las reformas regulatorias necesarias para la operación óptima del modelo de Fiscalía General, propuesto en la presente ley”, dice.
Los resultados obtenidos serán públicos y se comunicarán al Congreso de la Unión con el fin de que éste realice las adecuaciones al marco jurídico que sean necesarias y pertinentes.
La convocatoria comprenderá temas relacionados con la función fiscal y de persecución penal, el modelo de investigación criminal, la competencia, el servicio profesional de carrera, los órganos consultivos, los derechos humanos y la atención a víctimas; el régimen de responsabilidades de los servidores públicos de la fiscalía, revisión de la estructura institucional, así como el régimen de transición, entre otros.
Esta consulta deberá garantizar condiciones de apertura, transparencia y participación ciudadana de organizaciones de la sociedad civil, instituciones públicas, académicas y representantes del sector privado.
“Con base en las consultas realizadas, el Congreso de la Unión establecerá las iniciativas de reforma constitucional y de legislación secundaria pertinentes con el fin de hacer las adecuaciones jurídicas necesarias para el óptimo funcionamiento de la Fiscalía General”, dice.
En tanto, el fiscal deberá emitir el Plan de Persecución Penal hasta un año después de su nombramiento.
Por lo que toca al pase automático del personal de PGR a la Fiscalía General, la iniciativa plantea que tendrán derechos adquiridos, pero serán sometidos a evaluación un año.
Así, fiscales, policías de investigación, analistas, auxiliares y peritos, así como el personal profesional, técnico y administrativo que a la entrada en vigor del presente ordenamiento se encuentren laborando en la PGR se someterán a las disposiciones reglamentarias del Servicio Profesional de Carrera que se expidan para tal efecto.
“El personal adscrito a la PGR que a la fecha de entrada en vigor del presente decreto tenga nombramiento, continuará en la función que desempeña y tendrá derecho a participar en el proceso de selección para acceder al Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General de la República en términos de los principios establecidos en la presente ley”, dice.
Para ello, se garantizará su acceso a los programas de formación, entrenamiento, fortalecimiento de capacidades y evaluación durante el periodo de transición, en los términos establecidos en los lineamientos provisionales.