Si comenzaste a cotizar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a partir del 1 de julio de 1997, es decir, te ubicas en la Ley 97, debes saber que bajo este régimen podrás pensionarte en la modalidad de renta vitalicia , siempre y cuando cumplas con los requisitos.
Por ello, aquí te daremos más información sobre esta modalidad y con qué aseguradoras podrás contratar una renta vitalicia.

¿Con qué aseguradoras puedo contratar una renta vitalicia?
Las aseguradoras que trabajan de la mano con el IMSS para contratar la renta vitalicia son:
- Profuturo
- GNP Pensiones
- Pensiones Banorte
- Pensiones BBVA Bancomer
- Pensiones SURA.

¿Qué es la pensión renta vitalicia?
De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la pensión de renta vitalicia se puede solicitar a partir de los 60 años, donde el interesado pide transferir los recursos de su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) a una aseguradora.
En este caso la aseguradora asignada se compromete a pagarte una pensión mensual de por vida.
Sin embargo, la pensión será calculada con relación al saldo que tengas en la Afore y se actualizará anualmente para mantener su valor frente a la inflación.
¿Qué requisitos te solicitará el IMSS?
En 2025, se requerirán un mínimo de 850 semanas de cotización.
Contar con 60 a 64 años de edad en caso de Pensión por Cesantía.
Tener 65 años en caso de Pensión por Vejez.
Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado, documento que se genera en la Afore, si aún no lo tienes, deberás presentarte en tu Afore y pedir que te ayuden a abrirlo.
Recuerda que cada año cambia la cifra de semanas requeridas, pues de acuerdo con la Ley del Seguro Social, a partir de 2022 el requisito de semanas cotizadas se incrementará anualmente 25 semanas, pero solo permanecerá hasta llegar a 1,000 semanas, es decir, hasta 2031.

¿Cómo tramitar la pensión de renta vitalicia?
- Presentante en la Subdelegación del IMSS que te corresponda y lleva tu Solicitud de Pensión.
- El IMSS deberá entregarte el “Documento de Oferta” con información relevante para elegir la Aseguradora que pagará tu pensión (no todas son iguales).
- Selecciona la aseguradora que más te convenga y se ajuste a tus intereses. Este Documento lo llenará el IMSS dependiendo de lo que tú elijas.
- Una vez entregada tu solicitud ante el IMSS, entonces deberás esperar a la resolución de pensión.
- Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu aseguradora para que ésta inicie con el pago de tu pensión.
Es importante que sepas que, según el IMSS, sí podrás retirarte de manera anticipada sin necesidad de cumplir las edades establecidas, si la pensión que se te calcule bajo la modalidad de Renta Vitalicia es superior en más del 30% de la pensión mínima garantizada.
En caso de que exista algún excedente de recursos, podrás retirarlo en efectivo. La disposición de los recursos de la Cuenta Afore así como de sus rendimientos estará exenta del pago de impuestos.