La regidora Susana Sánchez del Ayuntamiento El Oro, en el Estado de México, rechazó dar declaraciones ante medios que no fuera simpatizantes del partido político Morena.
De acuerdo con el reporte, la prensa tenía la intención de cuestionar a la funcionaria sobre los adeudos de cuatro quincenas de los salarios de los trabajadores del gobierno local; sin embargo, la mujer se negó a hablar con ellos debido a que no eran del partido al que ella es afín.
En el video compartido por la prensa, Susana Sánchez responde a la primera pregunta sobre el tema que les interesaba que ella solo declarará ante cámaras que apoyen en movimiento de la Cuarta Transformación: "yo solo a puro medio de Morena voy a dar".
Ante ello, el reportero le recordó que al ser funcionaria pública era su obligación responder a las preguntas sin importar de qué medio la entrevistaran, pero ella le aclaró que tenía el derecho de escoger.
—Usted es una servidora pública para todo el pueblo, no para Morena.
—Pero tengo la libertad de elegir. Yo tengo mi medio.
La regidora le indicó al reportero que él tenía que preguntarle si la podía grabar: "Yo no estoy dando ningún permiso".
Lo cual respondió el reportero que como era una funcionaria pública no se necesitaba el permiso para poder grabar sus declaraciones. Pero ella insistió en que estaba equivocado e incluso aseguró que podía denunciarlo.
????Regidora en Edomex rechaza hablar con medios que no sean afines a su partido: "Tengo la libertad de elegir" Susana Sánchez indicó que ella solo declararía a medios que apoyen a Morena.https://t.co/u21nZSZMUX pic.twitter.com/IX8wrekPKM
— Notivox Estado de México (@milenio_edomex) August 21, 2025
¿Es legal grabar a un funcionario público?
De acuerdo con la Ley para la Protección del Derecho a la Vida Privada, los servidores públicos sí pueden ser grabados por los ciudadanos sin necesidad de solicitar un permiso, pues sus acciones son de interés público ya que impactan de manera directa a las sociedad.
"Los servidores públicos tendrán limitado su derecho al honor, a la vida privada y a su propia imagen como consecuencia del ejercicio de sus funciones sometidas al escrutinio público", se lee en el artículo 33.
PNMO