Policía

Amparan a teniente que se le relacionó con 'El Pelotón de la Muerte'

Un tribunal otorgó un amparo porque no hay pruebas que demuestren que sea responsable de delitos contra la salud.

Un tribunal federal otorgó un amparo liso y llano al teniente coronel de Infantería Diplomado de Estado Mayor, José Julián Juárez Ramírez, porque no hay pruebas que demuestren que sea responsable de delitos contra la salud, como aseguró el Supremo Tribunal Militar.

Julián Juárez fue comandante de la Tercera Compañía de Infantería no Encuadrada, en Ojinaga, Chihuahua, y durante más de una década ha negado haber formado parte de “El Pelotón de la Muerte”, grupo de militares que encabezó el general de Brigada Diplomado de Estado Mayor, Manuel de Jesús Moreno Aviña.

¿Qué hizo 'El Pelotón de la Muerte'?

El pelotón asesinó a sicarios de La Línea, brazo armado del cártel de Juárez; robó en domicilios de personas inocentes, donde no solo se apropiaba del dinero de las familias, sino que se quedaba con los vehículos para cometer actos delictivos o para uso personal y para asistir a reuniones de trabajo con otros mandos de la región.


Todo ocurrió en la época de mayores matanzas en Chihuahua entre grupos criminales, es decir, en el sexenio de Felipe Calderón.

En 2017, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó amparar al teniente coronel contra una sentencia de cinco años de prisión que se le dictó por desaparición forzada. A través de su defensa, Julián Juárez rechazó haber participado en este delito.

Ahora, por unanimidad, los magistrados del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal concedieron un amparo al militar que lo absuelve del único delito que le quedaba por enfrentar.

En la sentencia se pone en entredicho la forma en que el Supremo Tribunal Militar actuó para responsabilizar al Teniente Coronel de un delito que no cometió.

De acuerdo con el expediente, el 19 de agosto de 2009, sin existir una orden, la Policía Judicial Militar revisó el alojamiento oficial de Julián Juárez donde se hallaron 95 bolsas de plástico que contenían 45 gramos de cocaína y 141 gramos de marihuana.

El coronel declaró que la droga formaba parte de lo asegurado por personal militar, que después era utilizada “para agravar el delito de personas que se detienen por narcotráfico, incrementando la cantidad de droga que se les encuentra, para garantizar que vayan a prisión”, reserva que se guardaba por instrucciones del Comandante de la Guarnición.

Los magistrados indicaron que el Supremo Tribunal Militar realizó una inadecuada valoración de las pruebas, al revocar la sentencia del 25 de octubre de 2018. El juez adscrito a la Tercera Región Militar lo había absuelto del delito.

El Tribunal Militar revocó la sentencia bajo el argumento de que los agravios del agente del Ministerio Público Militar, eran suficientes y operantes, “ya que le asiste la razón y el derecho al apelante al existir suficientes elementos probatorios con los cuales se acredita que la conducta ejecutada por el sujeto activo sí encuadra en el delito contra la salud en su modalidad de posesión de marihuana y cocaína”.

El Colegiado puntualizó que el Consejo de Guerra Ordinario Permanente de la Plaza hizo una incorrecta valoración de los medios de prueba y como consecuencia una incorrecta votación del interrogatorio puesto a su disposición.

​bgpa

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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