Policía

Tribunal ordena absolver a comandante que fue señalado de tortura contra Lydia Cacho

Se determinó que no hay pruebas que demuestren que Juan Sánchez Moreno haya participado en el delito.

Un Tribunal Federal determinó que no existe alguna prueba que demuestre que el ex comandante Juan Sánchez Moreno haya cometido o participado en el delito de tortura contra la periodista Lydia Cacho.

Por ello, ordenó que en un plazo de 24 horas se dicte sentencia absolutoria, ya que no hay alguna prueba fehaciente en su contra.

​Por unanimidad de votos, los magistrados del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito concedieron el amparo al ex comandante de la entonces Procuraduría General de Justicia del estado de Puebla, quien había sido condenado a siete años seis meses de prisión.

“Por lo tanto, del análisis y valoración sistemática de las declaraciones transcritas con anterioridad, así como el dictamen psicológico victimal practicado a la pasivo del delito, no se advierte que el ahora sentenciado haya cometido el delito de tortura sirviéndose de otro, en virtud de que no existe ninguna prueba que de manera fehaciente y contundente destruya el principio de presunción de inocencia y acredite sin lugar a dudas que el ahora quejoso instruyó a otros llevar a cabo la tortura en agravio de la periodista pasivo del delito; máxime al considerar que los actos y omisiones que los peritos identifican como constitutivos de tortura, se realizaron directamente a través de diversos sujetos activos, y se reitera, no existe prueba que demuestre que el quejoso sirviéndose de los sujetos activos directos realizó el delito”, detalla la resolución.

Es de mencionar que, el 30 de abril de 2019, se cumplimentó la orden de aprehensión contra Juan Sánchez Moreno, dejándosele interno en el Centro de Reinserción Social Benito Juárez, Cancún, Quintana Roo.

El 3 de mayo se dictó auto de formal prisión por su probable responsabilidad en la comisión del delito de tortura [previsto en el artículo 3º y 4º de la Ley Federal para prevenir y Sancionar la Tortura, en términos del numeral 13, fracción III, del Código Penal Federal, cometido en agravio de Lydia María Cacho Ribeiro].

El 13 de abril de 2021, el Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Séptimo Circuito modificó la sentencia dictada primera instancia, y de cinco años tres meses, elevó la condena a 7 años seis meses y al pago de una multa de 350 días equivalentes a 15 mil 417 pesos 50 centavos; la inhabilitación por el término de 15 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos, además de la suspensión de sus derechos civiles y políticos; la reparación del daño causado a la víctima.

Lydia Cacho fue detenida y torturada en 2005 por la supuesta comisión de los delitos de difamación y calumnias, derivado de la publicación del libro “Los Demonios del Edén”, donde la escritora describe fiestas en las cuales presuntamente se pervertía a menores de edad.

Por ello, se ordenó la aprehensión del ex gobernador de Puebla, Mario Marín, El Gober Precioso, así como de Kamel Nacif, pero éste último logró tumbar la acusación.

ROA

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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