Una mujer denunció a su pareja sentimental por presuntamente agredir física y verbalmente para despojarle de sus pertenencias de valor en la alcaldía Álvaro Obregón.
Operadores del Centro de Comando y Control (C2) Poniente alertaron a elementos de la Policía Bancaria e Industrial (PBI), de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, quienes se trasladaron al lugar de los hechos.

¿Qué dijo la víctima?
Policías atendieron el reporte de robo en un inmueble ubicado en las calles 15 de Septiembre y 30 de Octubre, en la colonia La Conchita, donde se entrevistaron con la mujer agredida.
La víctima, una mujer de 30 años de edad, explicó que tras una discusión, su pareja sentimental la agredió física y verbalmente. Posteriormente, la despojó de su bolso de mano con dinero en efectivo al interior y abandonó el domicilio en el que se encontraban.
Ante esto, los efectivos de la PBI iniciaron la búsqueda y localización del posible implicado, de acuerdo con las características referidas por la denunciante.
“Unas calles adelante lo ubicaron y lo interceptaron (...) Le realizaron una revisión preventiva y de seguridad, tras la cual le hallaron el bolso con la cantidad de dinero mencionada, que posteriormente la afectada identificó de su propiedad”.
Finalmente, a petición de la mujer, los policías detuvieron al acusado de 28 años de edad, a quien, junto con lo recuperado, lo presentaron ante un agente del Ministerio Público correspondiente, quien determinará su situación jurídica.
¿Cuál es la pena por robo?
En el artículo 370 del Código Penal de la Ciudad de México se indica que, la pena por robo es de hasta dos años de prisión siempre y cuando el valor de lo hurtado no exceda de cien veces el salario; de lo contrario se impondrán penas de hasta cuatro años y 10 cuando el valor de lo robado exceda quinientas veces el salario.
Mientras que las multas van desde cien hasta quinientas veces el salario.
Sin embargo, en el artículo 372 se especifica que en caso de que el robo se lleve a cabo con violencia, la pena puede aumentar de seis meses a cinco años de prisión; mientras que si el acto ilícito constituye otro delito, se aplicarán las reglas de la acumulación.
Cabe mencionar que, esta violencia puede ser tanto física como moral:
- La violencia física aplica cuando se ejerce fuerza material sobre la víctima para cometer el robo.
- La violencia moral aplica cuando el ladrón amaga o amenaza a una persona con un mal grave, presente o inmediato, capaz de intimidarlo.
En cuanto al robo con violencia también se contempla:
- Cuando éste se haga a una persona distinta de la robada, que se halle en compañía de ella.
- Cuando el ladrón la ejercite después de consumado el robo, para proporcionarse la fuga o defender lo robado.
Además, las penas por robo pueden aumentar de dos a siete años de prisión cuando se cometa por una o varias personas armadas o que utilicen o porten un objeto peligroso, por ejemplo un arma de fuego o un arma blanca.
De igual forma, un juez puede suspender los derechos de patria potestad o tutela del ladrón de un mes a seis años.
RM