La Comisión de Derechos Humanos de la entidad anunció que revisará el acuerdo del cabildo de Toluca, con el cual reforman el Bando municipal para sancionar el acoso y el hostigamiento callejero, por considerar que pueden estar invadiendo ámbitos, ya que estas figuras se contemplan en el Código Penal de la entidad.
El organismo indicó que “se tendría que ver en qué términos se aterriza como sanción administrativa a nivel municipal y de ahí partir para determinar si en realidad no se trata de un acoso sexual que se encuentra tipificado como delito en el artículo 269 bis, de Código Penal de la entidad”.
En caso de coincidir con dicho delito, ello daría pauta para promover una acción de inconstitucionalidad, aunado a que no existe criterio alguno de jurisprudencia como “acoso callejero”.
Para esto también deben esperar a conocer en qué términos se publica en el Bando Municipal, pero desde el jueves pasado que se aprobó en cabildo, están en revisión en el área jurídica de la Comisión.
En el citado artículo se establece que “comete el delito de acoso sexual quien con fines de lujuria asedie reiteradamente a personas de cualquier sexo, aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente, para la víctima”.
De igual forma, agrega, a quien con propósitos de lujuria o erótico sexual, grabe, reproduzca, fije, publique, ofrezca, almacene, exponga, envíe, transmita, importe o exporte de cualquier forma, sean imágenes, texto o sonidos.
También se contemplan hechos ocurridos en lugares públicos, en instalaciones o vehículos destinados al transporte público de pasajeros.
En estos casos las penas son de uno a cuatro años de prisión y de 100 a 300 días de multa y si se cometiera en contra de un menor de edad la pena se in cementa en un tercio.
El acuerdo que tomó el ayuntamiento es sancionar con arresto inconmutable de 24 a 36 horas a quienes caigan en la conducta de acoso y hostigamiento callejero.
Hace unas semanas, la Sala Constitucional resolvió dos controversias que interpuso la Comisión de Derechos Humanos por los Bandos de los municipios de Rayón y Chapa de Mota, que consideraron invadían esferas penales, con lo cual se buscaba sancionar de dos maneras la misma conducta.
LC