Policía
  • Cadena perpetua aún existe en 5 estados de México; Corte la consideró inconstitucional

  • En el Código del Estado de México aún se puede leer esta figura para castigar algunos delitos.
La cadena perpetua aún existe en México (Tania Contreras).

A ocho meses de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prisión vitalicia o cadena perpetua establecida en el Código Penal del Estado de México para los crímenes de odio, esta entidad mantiene en su legislación vigente este castigo en otros ocho delitos, entre los que destacan homicidio, extorsión, violación y feminicidio.

No es el único estado: existen otros cuatro que siguen considerando esta figura en su normativa, así como cuatro más que establecen sanciones de 80 a 110 años de prisión, las cuales resultan inaplicables.

La esperanza de vida en México —de acuerdo con el Inegi— es de 73.5 años para las mujeres y 64.8 para los hombres. Incluso, la mujer más longeva en la historia del país alcanzó los 114 años y 147 días de vida, y el hombre más longevo, 113 años y 148 días.

Proponen eliminar el término prisión vitalicia

Hace unos meses, la gobernadora mexiquense, Delfina Gómez Álvarez, propuso al Congreso ajustar las penas consideradas excesivas y eliminar el término “prisión vitalicia” para no contravenir el principio de reinserción social.

Sin embargo, la iniciativa no encontró eco entre los legisladores, quienes pidieron replantear la propuesta para evitar “mandar mensajes equivocados” a la sociedad.

Edomex
Delfina Gómez Álvarez ya propuso eliminar este término del Código del Edomex (Tania Contreras).

Penas anticonstitucionales: ¿Dónde?

De acuerdo con una revisión de MILENIO a los 32 códigos penales vigentes en las 31 entidades federativas y la Ciudad de México, la prisión vitalicia continúa contemplándose en Chihuahua, Veracruz, Puebla y Quintana Roo, en casos específicos.

En Chihuahua, la primera entidad en incluir la prisión vitalicia —desde 2008—, la cárcel puede ser temporal, de seis meses a 70 años, o vitalicia (cadena perpetua), aplicada específicamente en casos de feminicidio.

En Veracruz no se establecen mínimos, solo 70 años como máximo o pena vitalicia; esta última se aplica únicamente en los casos que la ley señala, como en el homicidio calificado, cuyo rango va de 30 años hasta toda la vida.

En Puebla, las sanciones van de tres días a 70 años de prisión o cadena perpetua, igualmente para delitos específicos, como el secuestro, cuando la víctima fallezca o sea menor de 18 años, mayor de 60, mujer, persona con discapacidad física o mental.

O cuando padezca una enfermedad crónica o grave que requiera medicamentos, radiaciones o tratamientos cuya suspensión afecte su salud o ponga en peligro su vida.

En Quintana Roo, las penas van de seis meses a 50 años y hasta prisión vitalicia.

En el caso particular del secuestro, la sanción es de 25 a 50 años o de por vida cuando, además, se allane el bien inmueble, el o los plagiarios se ostenten o hayan sido integrantes de alguna corporación policial o del aparato de justicia, o tengan relación directa con la víctima o sus familiares.

Prisión
La prisión vitalicia continúa contemplándose en Chihuahua, Veracruz, Puebla y Quintana Roo (Archivo).

Edomex hace historia

El Código Penal vigente en el Estado de México contempla nueve tipos de sanciones: 

  • Prisión
  • Multa
  • Reparación del daño
  • Trabajo en favor de la comunidad
  • Suspensión, destitución, inhabilitación o privación del empleo, cargo o comisión
  • Suspensión o privación de derechos vinculados al hecho
  • Publicación especial de la sentencia
  • Decomiso de bienes producto de enriquecimiento ilícito y 
  • Decomiso de los instrumentos, objetos y efectos del delito
El artículo 23 establece: “La prisión consiste en la privación de la libertad, la que podría ser de tres meses a vitalicia, entendiéndose por ésta una duración igual a la vida de la persona sentenciada”.

Las conductas que se castigan con prisión vitalicia incluyen:

  • Homicidio calificado, con pena de 40 a 70 años de cárcel o cadena perpetua, además de 700 a cinco mil días de multa.
  • Homicidio por parentesco, cometido contra cónyuge, concubina, concubinario, ascendientes, descendientes, consanguíneos en línea recta o hermanos, con conocimiento del parentesco.
  • Homicidio de dos o más personas, en uno o distintos hechos.
  • Extorsión, cuando los responsables se ostenten como miembros de alguna asociación delictiva, intervengan dos o más personas armadas o con objetos peligrosos, haya violencia o la víctima sea menor de edad, con discapacidad o mayor de 60 años.
  • La máxima sanción también aplica para violación tumultuaria o con resultado de muerte; feminicidio cometido frente a las hijas o hijos de la víctima directa; y robo que derive en la muerte de la víctima.

En abril, se eliminó la prisión vitalicia  para los llamados crímenes de odio, con efectos retroactivos, pero los demás casos permanecieron intactos.

Cárceles
Estado de México contempla nueve tipos de sanciones (Iván Carmona).

Mínimos y máximos por entidad

En Chiapas, el rango de prisión va de tres días a 110 años, aunque no se encontró un delito específico con esa pena; el feminicidio tiene el rango más alto, de 50 a 100 años.

En Morelos, la prisión va de tres meses a 80 años, aplicándose el máximo sólo para delitos cometidos durante reclusión.

Oaxaca establece de tres días a 105 años de cárcel, aunque la pena más alta es de 70 años para ejecución extrajudicial y para salteadores que ataquen una población.

En Baja California Sur, el rango es de seis meses a 80 años, siendo el feminicidio el delito más castigado con 60 años.

El máximo de 70 años se mantiene en Edomex, Ciudad de México, Durango, Jalisco, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora y Tlaxcala.

En Yucatán, el límite es de 65 años; con 60 años están Baja California, Aguascalientes, Campeche, Nayarit, Nuevo León, Tabasco y Tamaulipas.

Coahuila no establece rango, pero su articulado fija una pena máxima de 60 años.

Con máximo de 50 años figuran Colima, Hidalgo, Michoacán, Querétaro y Zacatecas.

Guanajuato tiene de dos meses a 40 años, y Guerrero, de tres meses a 30 años, siendo el estado con las sanciones más bajas, bajo el argumento de evitar el abuso de la prisión y privilegiar otras medidas.

Suprema Corte invalida la prisión vitalicia

En enero de este año, el pleno de la SCJN invalidó el artículo 242 del Código Penal del Estado de México que contemplaba prisión vitalicia para crímenes de odio, al considerarla una pena inusitada, desproporcionada y contraria al derecho de reinserción social establecido en la Constitución federal.

El máximo tribunal ordenó adecuar los casos juzgados bajo ese criterio por estar fuera de la ley. No obstante, desde su entrada en vigor, en junio de 2019, no se registraron sentencias por crímenes de odio en la entidad.

El artículo señalaba: “Al responsable del delito de homicidio con ensañamiento, crueldad; odio manifiesto, motivado por discriminación, aversión o rechazo a la víctima por su condición social o económica, religión, origen étnico, raza, discapacidad, orientación sexual o identidad de género de la víctima, se le impondrán de 40 a 60 años de prisión o prisión vitalicia y de 700 a 5 mil días de multa”.

Debido a la sentencia 78/2019, se eliminó la frase “o prisión vitalicia”. Sin embargo, el término subsiste en otros artículos no señalados en la resolución y sobre los que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos no se pronunció, pese a ser contrarios a leyes superiores.

Cadena perpetua
La SCJN invalidó el artículo 242 del Código Penal del Estado de México que contemplaba prisión vitalicia para crímenes de odio (Archivo).

Iniciativa causa revuelo

En marzo, la gobernadora Delfina Gómez Álvarez propuso ajustes al Código Penal mexiquense para eliminar el término “prisión vitalicia” de diversos artículos y permitir la adaptación de las sanciones a las circunstancias de cada caso.

La iniciativa fue analizada en comisiones, pero no logró consenso en Morena; algunos legisladores argumentaron que los cambios generarían un mal precedente y que no existía proporcionalidad en ciertos casos.

Con apoyo de diputados del PT y PAN, pidieron un análisis más profundo para “evitar mandar un mensaje erróneo a la ciudadanía”.

Acordaron retirar el término “prisión vitalicia”, pero no reducir las penas, especialmente para el feminicidio, delito que consideraron particularmente doloroso para las víctimas y sus familias. Argumentaron que Edomex ocupa el primer lugar nacional en feminicidio y extorsión, por lo que sus condiciones no pueden compararse con otras entidades.

El director del Instituto de la Defensoría Pública, Alberto Cervantes Juárez, sostuvo que el incremento de penas no inhibe la delincuencia y que la severidad extrema contraviene los principios de reinserción social.

Además de que la sanción pierde sentido cuando se acerca al límite de la expectativa de vida, afectando derechos humanos.

Condenas
Expertos señalan que el incremento de penas no inhibe la delincuencia (Archivo).

Reanudarán el debate

Finalmente, se decidió esperar una nueva propuesta del Ejecutivo estatal para reanudar el debate.

El objetivo era fijar las penas en un rango de tres meses a 70 años de prisión y reducir sanciones en delitos como extorsión, homicidio calificado y robo con resultado de muerte, a fin de evitar castigos considerados inhumanos, crueles o desproporcionados.

Para la extorsión, que actualmente se sanciona con 40 a 70 años o cadena perpetua, se planteó un rango de 15 a 40 años, tomando en cuenta el grado de participación del acusado, el daño psicológico o material a la víctima y las circunstancias agravantes, con el fin de otorgar a jueces herramientas para imponer penas justas.

La propuesta —enviada a la “congeladora”— también buscaba que los delitos de homicidio calificado y homicidio múltiple fueran imprescriptibles, con sanciones de 25 a 50 años, frente a los 70 actuales.

Para robo con resultado de muerte, se pedían de 25 a 55 años, en lugar de 40 a 70, y se eliminaba el término “prisión vitalicia” en todos los casos.

Condena
Se decidió esperar una nueva propuesta del Ejecutivo estatal para reanudar el debate (Iván Carmona).

Sentencias más relevantes

En su último informe (abril 2024-marzo 2025), el fiscal de Justicia del Estado de México reportó 6 mil 854 sentencias condenatorias, de las cuales 4 mil 570 fueron por delitos de alto impacto: homicidio, feminicidio, secuestro, extorsión y robo con violencia.

De ese total, 34 sentencias fueron de prisión vitalicia, 25 de ellas por feminicidio. Entre las más destacadas:

  • Octubre de 2022: prisión vitalicia contra un policía auxiliar de la Ciudad de México por homicidio calificado y homicidio en grado de tentativa contra tres personas en Chimalhuacán; además, un feminicidio en San Mateo Atenco.
  • Julio de 2024: cadena perpetua para un integrante de un grupo delictivo de Michoacán por el asesinato de cuatro elementos de la Secretaría de Seguridad y lesiones a seis, ocurrido en octubre de 2018 en Almoloya de Alquisiras.
  • Octubre de 2024: sentencia de prisión vitalicia a un miembro de un grupo delictivo generador de violencia en el Valle de México por el homicidio de tres víctimas en Coacalco.
  • Tenancingo: pena de mil 115 años y seis meses de prisión contra dos personas responsables de fraude en agravio de 244 víctimas.
  • Octubre de 2024: condena de 262 años para un hombre implicado en el asesinato de un servidor público de la Fiscalía mexiquense y dos personas más, ocurrido en Jilotzingo en 2022.
  • Febrero de 2025: 170 años de prisión para tres personas que, en marzo de 2024, asesinaron a dos elementos de la Policía de Investigación en un operativo en Jilotzingo.
  • Marzo de 2025: 495 años de cárcel para cuatro hombres responsables del secuestro de 10 personas en Aculco.

RM

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