La exigencia de disminuir los feminicidios, es una de las más legítimas exigencias de todas y de muchos. Sin embargo, en estos tiempos de campaña, centrar las propuestas en la procuración e impartición de justicia, como catalogar todos los homicidios de mujeres como feminicidios, dista de ser una solución real.
De hecho, considerar que cualquier homicidio en contra de una mujer es feminicidio, equivale irónicamente, a desaparecer el tipo penal que apenas tiene una década que se incluyó en el Código Penal Federal. Explicación sencilla de la diferencia de uno y otro: el homicidio es quitarle la vida a una persona sin distinción de género, de forma culposa o dolosa, mientras que el feminicidio reúne una motivación y contexto de género, con un impacto social y cultural. La tipificación del feminicidio es utilizado en los códigos penales de naciones que buscan su disminución y por organismos internacionales, que han hecho advertencias que desaparecer este tipo penal (y posiblemente aplicarlo en todos los casos) significaría un retroceso en materia de derechos humanos.
Coincido en que no contamos con una escala real de feminicidio y que ocurren más que los que las fiscalías registran. Pero considerar a todos los homicidios de mujeres de la misma forma, tampoco ayudará. Por el contrario, el esfuerzo debe centrarse en conocer la mayor cantidad de datos posibles de las víctimas y desagregarlos, para a su vez, resolver las diferencias procesales en la investigación, así como en la procuración e impartición de justicia.
Comprender cuando la muerte de una mujer ocurre en razón de género, lo hace evitable, porque permite mejorar la intervención temprana, realizar una evaluación de riesgo, implementar medidas policiales, impartir justicia sensible al género, así como acceso a mecanismos de apoyo y protección de sobrevivientes.
Desafortunadamente no es una práctica común ni recabar la información integral de las víctimas ni que ésta se desagregue, como su condición social, nivel educativo, condición migratoria, origen étnico o discapacidad, entre otros datos. A nivel internacional, solo Canadá y Australia desagregan datos de origen indígena en las víctimas, por citar un ejemplo.
El enfoque de quienes buscan gobernar o legislar no solo debe centrarse en propuestas de castigo al feminicida, sino en realmente como prevenirlo.
No vale anunciar mayores penas carcelarias: estudios internacionales (y la experiencia nacional) señalan que la posibilidad de enfrentar más años en prisión no son un efecto disuasivo en quienes están a punto de cometer un feminicidio.
Tipificar el feminicidio como un tipo de delito especial y no general, contribuye a visibilizar las razones de género: si no se hace la diferencia de los motivos por los que fue cometido el homicidio, no se le castiga de manera adecuada, no se le destina recursos humanos y financieros, tampoco se comprende la violencia contra las mujeres y provoca además, una discriminación en la esfera de la política pública. ¿Qué nos gustaría oír en las propuestas para erradicar el feminicidio? La inversión en la prevención de la violencia de género basada en la evidencia, no en la ocurrencia.