“La autoridad quitando cámaras ilegales”… ¿lo hemos escuchado en las noticias? Sí. ¿Lo entendemos? No. ¿Podrían ser incluso nuestras propias cámaras? Sí. ¿Nos las devolverán? Quién sabe.
La instalación de cámaras de seguridad privadas en México son una herramienta popular para proteger propiedades y contribuir a la seguridad de la ciudadanía. Sin embargo, tanto la ciudadanía como también la propia autoridad, debe conocer las implicaciones legales y éticas de colocar estos dispositivos, especialmente cuando se instalan en postes o en áreas que podrían captar imágenes de espacios públicos.
En México, la ley permite la instalación de cámaras de seguridad en propiedades privadas para fines de protección personal. Entre las normativas que rigen la materia están la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y la Ley Federal de Seguridad Privada. Estas leyes establecen que es legal contar con cámaras en domicilios particulares, siempre y cuando se evite grabar espacios públicos o propiedades vecinas sin autorización.
Aunque es de no creerse por lo común que es, la captación de imágenes de personas en áreas públicas sin su consentimiento, está prohibido, salvo casos excepcionales, como cuando la actuación corresponde a instituciones policiales.
Por ejemplo, si colocas una cámara en la fachada de tu casa y ésta graba no solo tu entrada, sino también parte de la calle, podrías capturar imágenes de transeúntes sin permiso, lo cual vulnera normas de privacidad y protección de datos. Lo correcto sería ajustar el ángulo de la cámara para encajarla únicamente en tu propiedad.
Este mismo principio se aplica en otros contextos: un negocio que instala cámaras para cubrir la entrada y la banqueta con el objetivo de prevenir robos, debe asegurarse que la grabación no incluya a personas en la vía pública sin haberlas informado mediante avisos visibles.
En el caso de conjuntos habitacionales, cuando la administración decide instalar cámaras en áreas comunes como pasillos o estacionamientos, es fundamental que las y los residentes estén informados de la ubicación y el propósito de los dispositivos. Además, las grabaciones deben gestionarse con estrictas medidas de seguridad para proteger la privacidad de las personas.
Pero a pesar de contar con estas leyes, existe un área de oportunidad importante en cuanto a legislación. La normativa actual, aunque establece límites claros para la instalación y uso de cámaras de seguridad, no tiene protocolos uniformes y transparentes para situaciones de conflicto, como el propio hecho de que la autoridad confisque las cámaras.
En algunos casos, se han escuchado titulares sobre “la autoridad quitando cámaras ilegales”, lo que deja en el aire preguntas sobre cómo se determina su ilegalidad, cuáles son los criterios de intervención y, sobre todo, cómo puede un ciudadano recuperar su equipo si éste fue confiscado. La falta de procedimiento claro y de indicadores públicos que midan el cumplimiento de estas normativas genera incertidumbre tanto para particulares como para empresas.
El área de oportunidad se encuentra en actualizar y clarificar la legislación, estableciendo protocolos precisos para la instalación de cámaras en zonas limítrofes entre lo privado y lo público, así como un proceso de restitución para quienes vean confiscado su equipo.
Por ejemplo, si te retiran una cámara porque se considera que está captando imágenes en un espacio público, se debería tener el derecho a recibir una explicación formal de la autoridad y, de ser procedente, contar con un mecanismo para solicitar la devolución de tu cámara. Lo cual probablemente te lleve a hacer una inversión adicional, contratando a un abogado.
La videovigilancia es una herramienta valiosa para la seguridad, pero su uso debe equilibrarse con el respeto a la privacidad y los derechos de terceros. Necesitamos una legislación con mayor claridad y protección, tanto para usuarios de cámaras privadas como para la sociedad en general. Solo así podremos garantizar que al buscar proteger nuestro entorno, no se vulnere la intimidad de las personas ni se abran espacios para acciones arbitrarias por parte de las autoridades.