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Crimen rapaz

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  • Sophia Huett

Los halcones son aves de rapiña, que se caracterizan por su estado de alerta y crueldad en la caza.

Las características de esta ave se trasladan al ámbito de la criminalidad y se aplica el término “halconeo” para nombrar aquella actividad en la que se vigila y acecha la acción de la autoridad, a fin de evadirla o bien, realizar un ataque. Este “espionaje” también es utilizado en contra de otras organizaciones rivales, para atacarlas o mantener la supremacía.

Peor aún: hay casos en el país en los que gracias a estos informantes, la delincuencia ha terminado con la vida de encuestadores, repartidores y proveedores de servicios, gente inocente a la que alguien con un equipo de comunicación en mano señaló como ajena al entorno.

Esta actividad es realizada por el nivel más básico de las organizaciones delictivas, que son principalmente menores de edad cooptados con dinero por las organizaciones delictivas.

No portan armas de fuego, pero en muchas ocasiones, su teléfono celular o radio han logrado ser más letales de lo que pudiera imaginarse.

Sin embargo, en Guanajuato hasta hace algunos días, si se encontraba a una persona realizando acciones en este sentido, no había un delito que perseguir, pues la conducta no estaba tipificada como delictiva en la legislación.

Con la aprobación de la adición del artículo 222-B al Código Penal del Estado de Guanajuato, se atiende la necesidad de actualizar el marco jurídico ante diversas conductas que facilitan, promueven o conducen hacia el delito y que mejor aún, se encuentran en la fase de prevención.

Dicha modificación advierte que es un delito acechar, vigilar, alertar o recolectar información para facilitar la comisión de un delito, así como también lo es el dificultar e incluso impedir la actividad de las instituciones de seguridad y justicia.

Se trata de una herramienta contra del uso de la información por parte de organizaciones delictivas y de servidores públicos traidores a su causa, para poner en riesgo vidas de policías, integrantes de instituciones de seguridad y justicia, así como la eficacia de la operación policial.

Las penas de cárcel son de 2 a 7 años para ciudadanos, mientras que para servidores públicos es de 3 a 9 años. La pena se aumenta en una mitad cuando se trate de ex servidores públicos, se utilice a menores de edad o cuando se intervenga mediante algún equipo, la comunicación de elementos de seguridad.

No es únicamente un adolescente con un celular o radio avisando de lo que ve; en tal caso para el propio adolescente es la puerta de inicio a una carrera criminal que tendrá un triste final y en la que en el camino, podría llevarse la tranquilidad de una comunidad, la vida de personas inocentes y de servidores públicos ejemplares.

Por lo pronto, en Guanajuato, ya fue vinculado a proceso el primer caso: un juez calificador relacionado con los hechos ocurridos en barandilla de la administración municipal de Valle de Santiago, en el que resultaron asesinadas cinco personas.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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