Política

ITEI Jalisco, nueva etapa. ¿Qué sigue?

El pasado viernes, luego de un año, el Congreso del Estado de Jalisco eligió a quien presidirá el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI): Olga Navarro Benavides. Con ello, el organismo entra en una nueva etapa que ya acumula 18 años, por lo que no está de más preguntarse y responder pública y colectivamente: ¿qué sigue con este organismo que se concibió y se entiende de carácter ciudadano?

Antes, habrá que tener en cuenta elementos, no exhaustivos, del proceso que llevó a restablecer la “normalidad” institucional del organismo garante de derecho de acceso a la información pública y protección de datos personales.

El Acuerdo Legislativo 741/LXIII, mediante el cual se realizó la elección de la Comisionada Presidenta del ITEI (ver: https://bit.ly/3K8qE6N), en su parte expositiva hace un recuento del proceso que comenzó en mayo de 2022 al término de la Presidencia que había comenzado en julio de 2017. Por la naturaleza del documento legislativo, cuidado legalmente, sólo se hace referencia a dichos elementos, pero evita abordar los entornos y actitudes del Congreso en el proceso de elección desde la primera convocatoria (declarada desierta) y sobre todo en la segunda: exclusión y negación de las atribuciones del Consejo Consultivo del ITEI, órgano con funciones específicas en el proceso de elección de integrantes del Pleno del ITEI, y que orillaron, por congruencia, a este órgano de carácter ciudadano a excusarse de participar en la segunda convocatoria. Las actas de las sesiones del Consejo, así como su actuar, son públicas y se pueden consultar en el micrositio existente: https://bit.ly/2lYd6m8.

El ITEI, a sus 18 años, requiere ser sometido a una “evaluación ciudadana” (ver Apuntes, Notivox Jalisco, 10 de julio de 2023. https://bit.ly/3Y1eBhp). Al organismo garante le urge “des mimetizarse” de lo gubernamental; sí, voltear su foco de atención y preocupación que lo ha “impregnado”, en particular de enero de 2022 a julio de 2023, de rasgos que lo asemejan a organismo gubernamental en detrimento de los y las soberanas del derecho de acceso a la información pública y protección de datos personales.

Es preciso resaltar que lo anterior no implica que el ITEI sea un antagonista de sujetos obligados. No. Es un órgano de Estado, no de gobierno. El ITEI, por su naturaleza de carácter ciudadana, debe y requiere ser una pieza de engranaje, de diálogo, de colaboración, entre sociedad y sujetos obligados, punto de encuentro para garantizar, ensanchar y ejercer los derechos fundamentales por los cuales existe.

Por su carácter originario ciudadano, el ITEI debe y necesita escuchar y dialogar primariamente con la sociedad; zafarse del corsé letrista y legaloide de la ley en que recientemente se ha desempeñado y aprender a usar la ley como herramienta, no como la única y sola vía para ejercer derechos.

Para lo anterior, traigo a colación lo siguiente. El ITEI se preocupa, como lo hacen los sujetos obligados, sólo y desde la base de lo que establece la ley en lo que deben publicar como información fundamental. Incluso, sobre ello evalúan qué tan transparente es un sujeto obligado o no. Esto, más que medir transparencia, lo que hace es medir el cumplimiento o no de lo que establece la ley. Y si me lo permiten, desde esta óptica, el que un sujeto obligado resulte con un cumplimiento de 99 por ciento, lo que muestra dicha calificación es que le falta uno por ciento para cumplir con la ley. Cumplir con la ley es en este caso, base, no punto de llegada para comenzar a ser transparente y garantizar el ejercicio de los derechos en juego, que, por su naturaleza, son progresivos. La ley no es un tope o límite para garantizar derechos fundamentales.

Por otra parte, mientras el ITEI y sujetos obligados continúen midiendo sus niveles o grado de transparencia, o, mejor dicho, de garantizar el acceso a la información a partir del número de solicitudes, sin entrar al fondo de estas para identificar necesidades informativas que permitan anticiparse a ofrecerlas y ponerlas a disposición sin necesidad de que lo soliciten, nos estaremos auto engolosinando y distrayendo de lo fundamental.

Lo mismo habrá que pensar tanto en los recursos que ciudadanas y ciudadanos interponen ante el ITEI. Mientras de los recursos no se identifiquen áreas de oportunidad para los sujetos obligados, o, mejor dicho, qué áreas y sobre qué asuntos hay resistencias a la transparencia, estaremos en un juego permanente del gato y el ratón.

Por otra parte, si contrastamos qué información establece la ley como fundamental con la que grupos de la sociedad civil piden, exigen, reclaman frente a los sujetos obligados fuera de solicitudes de información, constataremos que la información fundamental que la ley ofrece para la toma de decisiones y la participación ciudadana no les es de utilidad. Con observar y analizar lo que expresan y reclaman reiteradamente ciudadanas y ciudadanos como constante en situaciones críticas o de intervención gubernamental en sus entornos, o bien las madres buscadoras por citar la herida más doliente que tenemos, corroboraremos que lo que piden es información puntual, clara, completa, oportuna, veraz. Esa que sí es y debería ser “fundamental”, que el ITEI debería de impulsar, promover su acceso y disposición. Para ello tiene la “información pro activa” y “focalizada”, que en la práctica (ver portales de transparencia), es una selección de información fundamental, pero sin cubrir su sentido y naturaleza de focalizada o pro activa.

El ITEI de hace 18 años a la fecha no es el mismo. En los pasados ocho años sus atribuciones y obligaciones se han expandido sin el correlativo apoyo presupuestal desde quienes le han diseñado y otorgado más funciones, como son la protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, archivos, sistema anticorrupción, y todo ello en sistemas nacionales. Es necesario someter a revisión y evaluación el ITEI desde lo que le han “cargado”.

A partir de 2013, septiembre para ser precisos, el ITEI cuenta con un Consejo Consultivo (Art. 34, numeral 2 de la Ley de Transparencia): “órgano colegiado y plural, integrado por varios sectores de la sociedad civil (de carácter honorífico) que tiene como propósito proponer, analizar y opinar al Congreso del Estado y al Instituto, en materia de transparencia y acceso a la información” (Art. 4, numeral 1, fracción III de la Ley de Transparencia de Jalisco).

Si observamos su integración y atribuciones en Jalisco frente a los existentes en los organismos garantes de las entidades federativas, veremos que fue el primero a nivel nacional e “incorporado” en la Ley General (2014), así como replicado en las entidades del país; pero, sobre todo, es el más activo y público.

El Consejo Consultivo, cuando el ITEI comenzó a “profesionalizarse” en los integrantes de Pleno, favoreció a subsanar la participación e incidencia ciudadana en el organismo garante. En otras palabras, le dio al ITEI “espíritu” ciudadano (sin con ello contraponer o negar que quienes laboran o integran el pleno del ITEI no tenga carácter de ciudadanas o ciudadanos).

El Consejo, a punto de cumplir diez años, también requiere una evaluación y replantear sus atribuciones y funciones desde su naturaleza “ciudadana”, con la que está para colaborar y caminar con el ITEI, e incluso con el Congreso del Estado.

¿Cómo, en qué, fortalecer este órgano cuando en año y medio el ITEI y el Congreso del Estado lo ningunearon, ignoraron, incluso menospreciaron? ¿Cómo fortalecer que este órgano, independientemente de formar legalmente parte del ITEI, sea aliado desde la sociedad para la garantía, ejercicio y ensanchamiento del derecho de acceso a la información y protección de datos personales?

Se abre una nueva etapa en la que el camino recorrido, con yerros y aciertos de todos los actores, sea referente para lo que se necesita corregir, fortalecer, construir a mediano y largo plazo en la garantía del derecho de acceso a la información, protección de datos personales, y con ello satisfacer las necesidades de información pública, combatir la corrupción y fortalecer la participación ciudadana.


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Rubén Alonso
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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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