Sólo una persona, de 18 aspirantes a la Presidencia del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco (ITEI) obtuvo la calificación mínima (80/100) en el examen de conocimientos que se les aplicó. El Congreso del Estado, ahora, deberá declarar desierta la convocatoria inicial y emitir otra, salvando los derechos de todas las participantes para que, si lo deciden, vuelvan a participar.
No es la primera vez que esto sucede. En 2016, se registraron tres convocatorias, con las que en dos no “pasaron” el primer filtro el mínimo de aspirantes requeridos. La tercera fue la vencida.
El examen de conocimientos es un filtro que identifica a personas que cuentan con el mínimo de saberes para el ejercicio que se les encomiende. Este, se incorporó a la ley para no repetir la experiencia del periodo 2009-2013 del ITEI. Ayudó. El ITEI se recuperó y le dio un nivel de referencia nacional de 2013 a 2021 (bueno, hasta diciembre de 2020).
Sin embargo, ese filtro, se ha insistido, quedó agotado. Como filtro y referente para que el Legislativo decida designando es limitado y no permite construir un diagnóstico más integral sobre el perfil-persona que requiere la conducción de un órgano garante como es el ITEI. Es tan limitado como si un médico para allegarse de elementos para el diagnóstico de su paciente sólo solicitara y considerara análisis clínicos y no lo auscultara, no lo entrevistara-escuchara a él y allegados, no indagara su historial, hábitos, prácticas, etc.
El ITEI no requiere, estimo, reducirlo a especialistas-académicos; sí personas que tengan un conocimiento base, acreditable, pero, sobre todo, como organismo ciudadano un camino recorrido, sensibilidad, experiencia desde quienes son sujetos del derecho de acceso a la información.
El examen, para un buen diagnóstico del perfil requerido, debe ser ponderado con otros elementos. De continuar con sólo un filtro-examen las designaciones públicas serán limitadas, no favorecerán a identificar perfiles requeridos. Siempre “pasarán” las mismas personas y el ITEI, como organismo de carácter ciudadano continuará en su ruta endógena, autorreferencial, sirviéndose a sí mismo y a los sujetos obligados, pues las personas más conocedoras del tema (proclives a sólo un examen) están de ese lado, no desde los sujetos a quienes hay que garantizarles el acceso a la información y protección de datos.
Twitter: @jrubenalonsog