Política

¿Sigue o no teniendo fuero?

En septiembre de 2019 la SCJN restituyó a sus colegas del Poder Judicial de Jalisco el requisito de declaración de procedencia (o desafuero) para ser juzgados por algún ilícito cometido, misma que había sido eliminada de la Constitución local en agosto de 2016.

A fines del año pasado trascendió una conducta presuntamente constitutiva  de  delito por parte de un integrante del Supremo Tribunal de Justicia del Estado. Para proceder a su desafuero, el Congreso tuvo que incluir en la Ley de Responsabilidades Administrativas y Políticas, esa figura eliminada de la Constitución hacía poco más de cinco años. Cumplido esto, la semana pasada le fue retirado el fuero. Hasta aquí todo está claro.

La Ley de referencia, en su Artículo 30 Bis 10, dice: “Si el Pleno de la Asamblea declara que ha lugar a proceder en contra del servidor público denunciado, éste quedará inmediatamente separado de su empleo, cargo o comisión y sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes”. Sin  embargo, el Presidente del STJ dice: “Solamente si existe una sentencia condenatoria habrá posibilidad de separarlo definitivamente del cargo”. Aquí, el problema es que sigue percibiendo un 30% de su sueldo como Magistrado. En consecuencia, sigue teniendo fuero y no se le puede vincular a proceso, ya que para poder procesarlo y sentenciarlo no debe tener fuero.

Puede ser que el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado haya autorizado esa porción de su sueldo: 1-. Partiendo del principio de presunción de inocencia (que de alguna manera se viola, al igual que con la prisión preventiva); 2-. Que lo haya hecho para que el juzgador se coloque ante un predicamento al decidir su vinculación a proceso; o bien, 3-. Que lo haya hecho por desconocimiento de la ley y además confunda vinculación a proceso con sentencia  (lo que no resulta creíble). El asunto es que eso contraviene lo establecido en la ley, y que cualquiera que haya sido la motivación para conservarle el 30% de su sueldo, enturbia un proceso del que podría salir airoso el imputado, por las violaciones al debido procedimiento.

Como quiera que sea existe un principio básico: no puede haber fuero sin cargo, y tampoco cargo sin fuero. Si indebidamente sigue percibiendo emolumentos como Magistrado, tiene fuero.

Ya veremos qué ocurre hoy en la audiencia de imputación.

Javier Hurtado

Google news logo
Síguenos en
Javier Hurtado
  • Javier Hurtado
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.