En meses pasados el gobierno federal emitió el Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, con el cual se pretendía dejar fuera del negocio de energía eléctrica a todas las empresas que, con base a la famosa Reforma Energética que tuvo la suerte el Presidente Peña Nieto de lograr en base a una reforma constitucional de gran calado, invirtieron en nuestro país, para generar energía eléctrica principalmente fotovoltaica (solar) y eólica, y al ser muchas de ellas empresas extranjeras, amparadas también por el capítulo de Inversiones del Tratado de Libre Comercio TLC y ahora el T-MEC.
Afortunadamente al considerar esas empresas que dicho “acuerdo” era completamente inconstitucional, interpusieron medios de defensa constitucional ante el Poder Judicial, y precisamente en plena efervescencia provocada porque López había enviado a la Cámara de Diputados para su discusión o aprobación una iniciativa de reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, donde cambia radicalmente el orden de despacho obligando al Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) a cambiar el actual criterio de asignación, basado actualmente en despachar en primer lugar la más barata, y luego recibir por precio dejando hasta el final la más cara, cambio precisamente destinado a beneficiar al consumidor final ya que esa política obligaba a ser productivo, ahora se pretende que en primer lugar se despache primero la energía producida, no importa su costo, por las plantas hidroeléctricas de la CFE, seguida por las plantas donde se contamina en forma exagerada al funcionar con la quema de combustóleo o carbón, luego si el mercado lo permite, la eólica generada por privados para intercambio con sus socios o para venderle sus excedentes a la CFE, y por último las otras renovables como la solar (privadas).
Pretende regular el otorgamiento de permisos de generación de energía, mismo que se entregan actualmente a cualquier persona que lo solicite, ahora se pretende sujetar la obtención de los mismos a desconocidos criterios de planeación de la red e incluso podrán ser negados estos con cualquier motivo e incluso se faculta al regulador a revocar permisos ya otorgados supuestamente “mediante la realización de actos de fraude a la ley” obligando al gobierno a revisar la rentabilidad y continuidad de los contratos de productores independientes de energía que le venden a la CFE, por cierto a precios mucho más competitivos que el costo de ese dinosaurio obsoleto llamado la CFE.
Este cambio, sin ningún razonamiento económico, basado simplemente en criterios ideológicos, intenta, devolver vía ley, facultades exclusivas al gobierno a través de mecanismos inconstitucionales, que además causara un gran conflicto internacional, además de incumplir compromisos en materia del medio ambiente. La excusa del gobierno es supuestamente proteger, discurso muy trillado, la Soberanía del país, pero en realidad es vía precios al consumidor comercial e industrial del país, rescatar financieramente a la CFE, que en realidad se encuentra totalmente quebrada, afortunadamente la Suprema Corte ya dejo ver el sentido en el que resolverá al momento en que, de pasar la reforma planteada por MALO, sea tachada como inconstitucional, sí refiriéndose al acuerdo señalado al resolver el expediente 89/2020 señalo, entre muchas causales de inconstitucionalidad más, que: “obstaculiza el cumplimiento de las finalidades constitucionales que se encomendaron a COFECE”; “es inválida al establecer que la Seguridad del Despacho tiene prelación sobre eficiencia económica”; “establece una barrera a la competencia y la libre concurrencia”; “cancela la posibilidad de entrada al mercado de centrales eléctricas que operan con energía limpia”, etcétera, volverá sin duda a ser otro gran oso.