Hace un par de semanas apareció el Índice de Estado de Derecho en México 2019–2020 de World Justice Project, que considera ocho conjuntos de indicadores que brindan evidencia de aspectos del Estado de derecho, entendido como “un principio de gobernanza. En el que todas las personas, instituciones y entidades están sujetas al cumplimiento de la ley, la cual es respetuosa de los Derechos Humanos y se aplica de forma equitativa, justa y eficiente”.
Uno de los subfactores de la Justicia civil es “los mecanismos alternativos de solución de controversias (MASC) son accesibles, imparciales y expeditos”. Despierta mucho interés este subfactor en los interesados en estos métodos de solución de conflictos, pues es muy importante que se considere a la llamada justicia alternativa, que es fundamental para brindar acceso a la justicia, reducir la desigualdad y la violencia en la sociedad. Además, en Jalisco existe la Red de Centros públicos y Privados más grande de México (157 centros acreditados en 27 municipios del estado).
Se mide el indicador entre cero y uno, donde un indicador de uno implicaría para esta materia, máxima accesibilidad, imparcialidad y expeditez de los MASC. Ningún estado obtuvo en este indicador, más de 0.57, lo que quiere decir, que en esta materia se dista mucho de tener niveles de excelencia.
Este subfactor, se obtiene a través de una encuesta de seis preguntas (si falta usar más los servicios de mediación, qué tan frecuentemente sus clientes usan esos servicios y cuánto tardan, en su caso, en llegar a un acuerdo) aplicada a abogados especializados en Derecho Civil. En Jalisco se aplicó a aproximadamente 45 especialistas en dicha materia. La metodología de este índice es tomada del índice global del World Justice Project. En el mundo sajón, particularmente en los Estados Unidos, 90% de los asuntos manejados por los abogados se resuelve por negociación o mediación y solo el 10% restante va a juicio (por ejemplo, estudios de Marc Galanter), por lo que resulta por demás ilustrativo obtener la opinión de los abogados litigantes, en virtud de que cotidianamente constatan la efectividad y calidad de los servicios de mediación.
Sin embargo, en Jalisco sólo 9.6% de los asuntos que llegan a mediación, son canalizados a esta instancia por los asesores jurídicos de los usuarios, y 5% por canalización de los jueces; mientras que el 85.4% restante de los 18 mil casos resueltos por MASC se atienden sin que se haya iniciado un proceso judicial, turnados por dependencias (37.2%) como la Profeco, la Fiscalía, Sistema DIF, entre otras; mientras que 27.6% de los asuntos, los usuarios recibieron la recomendación de acudir a la mediación por familiares y amigos que ya han utilizado estos servicios.
De los abogados civilistas que se citan como fuente para Jalisco solo ubicamos a tres que tengan experiencia con los servicios de mediación. Por ello considero, que este instrumento es insuficiente para obtener información y diagnóstico precisos sobre la situación de la justicia alternativa en un estado, tampoco permite detectar buenas prácticas, ni mucho menos proponer una agenda de transformación y mejora continua. Desde luego tiene que ver con la ausencia de un sistema nacional de información sobre la justicia alternativa en los estados. Debe construirse esta base para tener información más útil para orientar las políticas en la materia y desarrollar el potencial de esta poderosa metodología de solución de conflictos.