Para empezar quiero abundar sobre dos temas.
Primero. La Ley Federal del Trabajo tuvo varias modificaciones en especial en el articulo 49 y 50 además se creó una serie de artículos desde el 291 A hasta el 291 U, donde se estipula un nuevo capítulo para los trabajadores de plataformas, lo que significa que si eres un trabajador y tienes ingresos por medio de UBER, DIDI, RAPID o cualquier de todas estas plataformas que sirven para el transporte de pasajeros o de bienes como alimentos y tus ingresos superan un salario mínimo que para zona fronteriza es de $418.88 y para zona centro de $278.80 diarios, entonces te conviertes en un trabajador con todas las prestaciones de ley, como aguinaldo, vacaciones, prima vacacional incluso reparto de utilidades PTU y esta te la va a dar la aplicación para la cual trabajes.
Segundo. En el caso de los contribuyentes que se dediquen al sector primario, como agricultura, ganadería, pesca y silvicultura, si excedías 900 mil pesos de ingresos tenías que pagar el impuesto por el total de tus ingresos, pero para 2025, si superas dicha cantidad, pagarás solo por el excedente.
Ahora sí. Hablemos del envió de la DIOT (DECLARACIÓN INFORMATIVA DE OPERACIONES CON TECEROS), esta es una declaración informativa que tiene que ver solamente con la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), pero ¿quiénes están obligados al envió de la DIOT?
Esta declaración tiene sustento legal en el artículo 32 fracción 8ª, recordemos que para la Ley del Impuesto al Valor Agregado no existen regímenes, sino que se consideran de acuerdo con sus actividades. En el primer párrafo del artículo 32 nos habla de dos tipos de contribuyentes, el primero son aquellos cuyas actividades son grabadas a la tasa del 16% y el segundo los que tienen actividades grabadas a la tasa del 0%, estos contribuyentes estarán obligados a cumplir con las obligaciones del artículo 32, por exclusión los contribuyentes que se dediquen a actividades grabadas a la tasa exenta o no sujetos al impuesto no estarán obligados a cumplir con las obligaciones del artículo 32.
Tomando el ejemplo de un medico que el total de sus actividades son exentas de IVA no tiene la obligación de presentar la DIOT como lo establece la fracción 8ª del artículo 32 que describe la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.