En la Cámara de Diputados de San Lázaro, con 400 votos a favor y ninguno en contra, se aprobó el dictamen que reforma la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de considerar a la violencia digital entre los tipos de violencia contra las mujeres.
Con este dictamen se define que violencia digital se entiende como los actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras, verdaderas o alteradas, informaron los legisladores federales.
Cifras nacionales señalan que en México hay 88 millones de usuarios de Internet, que representan el mismo universo de usuarios de las redes sociales. Eso significa que el 67 por ciento de la población nacional es consumidor activo de las plataformas digitales, donde hay violencia cotidiana contra las mujeres.
Diputadas federales de todos los partidos se unieron para impulsar esta propuesta y coincidieron en que el cambio a la ley y las reformas aplicadas deben ser adoptadas de inmediato por estados y municipios, siendo los Congresos locales los responsables para que se implementen de inmediato, además de que las autoridades estatales deben garantizar la aplicación de penas y sanciones a quienes incurra en violencia digital contra la mujer.
En Hidalgo, la Unidad de la Policía Cibernética de la SSPH es la instancia mayor que desde el C5i recibe las denuncias y realiza el monitoreo de los casos de violencia digital, mismos que deben ser perseguidos también por la policía investigadora, con la intervención de la Procuraduría y los jueces, que también deberán ser actualizados en la materia.
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