En casi todos los sistemas políticos existe la figura de la vicepresidencia. En México esta figura tuvo una historia aciaga, en la Constitución de 1824 se asignó esa función a quien obtuviera el segundo lugar, los dos primeros vicepresidentes intentaron derrocar a los presidentes y los siguientes se la pasaron entre disputas mutuas, de ahí que en la Constitución de 1857 se estableció que el presidente de la Suprema Corte de Justicia desempeñaría la presidencia de la República en caso de ausencia del titular.
Después de que Comonfort renunció como presidente de México, Benito Juárez (presidente de la Corte) asumió la presidencia en enero de 1858 y la ejerció durante catorce años, el general Díaz se alzó en contra de la fraudulenta reelección de 1871, pero el conflicto se zanjó con la pacífica muerte de Juárez en 1872.
El deceso del benemérito permitió que Sebastián Lerdo de Tejada los sustituyera pues era el presidente de la Corte, Lerdo fue reelecto en 1875, nuevamente Porfirio Díaz se rebeló, depuso a Lerdo y sin respetar la Constitución le arrebató la presidencia a José María Iglesias el presidente de la Corte.
Durante el Porfiriato se modificó tres veces la forma de sustituir al presidente, en 1882 se determinó que sería el presidente del Senado o el vicepresidente de la Comisión Permanente; en 1896 se estableció que sería el Secretario de Relaciones Exteriores y a falta de éste el de Gobernación; en 1904 se volvió a incorporar la figura del vicepresidente, quien además sería presidente nato del Senado y podía ocupar cualquier cargo de nombramiento del Ejecutivo, don Porfirio escogió como VP a Ramón Corral no obstante que no gozaba de muchas simpatías.
En mayo de 1911 sustituyó a don Porfirio el Secretario de Relaciones Exteriores Francisco León de la Barra quien en noviembre de ese año entregó el poder a Francisco I. Madero y a su VP José María Pino Suárez, catorce meses después ambos fueron apresados, obligados a renunciar y ejecutados, lo que motivó que el Secretario de Relaciones en turno rindiera protesta como presidente sustituto, Pedro Lascuraín duró 45 minutos y antes de presentar su renuncia designó Secretario de Gobernación a Victoriano Huerta quien con la anuencia del Congreso de la Unión usurpó el poder.
En la Constitución de 1917 se suprimió la vicepresidencia y se facultó al Congreso para que ese órgano actuando como Colegio Electoral eligiera presidente interino o substituto, atribución que se ha ejercido en tres ocasiones, en 1920 después del magnicidio del presidente Carranza, en 1928 por el asesinato del presidente electo Álvaro Obregón y en 1932 por la renuncia de Pascual Ortiz Rubio.
En el 2012 se publicó una reforma constitucional que no modificó el mecanismo para sustituir al presidente de la República, pero sí introdujo la posibilidad que el presidente del Senado y el Secretario de Gobernación puedan suplir provisionalmente al presidente.
La Constitución dispone que si el presidente electo llegara a faltar antes de tomar posesión el primero de diciembre asumirá provisionalmente el cargo de presidente el ciudadano que presida el Senado en tanto el Congreso designa al presidente interino y convoca a elecciones.
Cuando la falta absoluta ocurra en los dos primeros años del período y el Congreso se encuentra en sesiones, las dos cámaras se reúnen en Colegio Electoral y con la concurrencia de por lo menos las dos terceras partes, por mayoría absoluta de votos, nombrará un presidente interino y dentro de diez días expedirá la convocatoria para elegir presidente que concluya ese periodo, esa elección debe realizarse no antes de siete meses ni después de nueve meses.
Cuando la falta absoluta ocurra en los últimos cuatro años y el Congreso se encuentra en sesiones designará un presidente substituto para que concluya el periodo.
En ambos supuestos, si el Congreso se encuentra en receso, el Secretario de Gobernación asumirá de manera provisional la titularidad del Poder Ejecutivo mientras que el Congreso se reúne para designar presidente interino o substituto, pero esa provisionalidad no puede exceder de sesenta días.
En los casos en que el presidente solicite licencia temporal hasta por sesenta días, una vez que el Congreso autorice esa licencia se hará cargo de la presidencia el Secretario de Gobernación.
Entre 1824 y 1917 hubo varios vicepresidentes pero ninguno de ellos substituyó a los presidentes que fueron asesinados, depuestos o que presentaron su renuncia, y a pesar de que en México no existe ese funcionario es un milagro que de 1934 al 2018 el Congreso no ha tenido que designar ningún presidente interino o substituto ya que de los catorce presidentes electos desde entonces de manera puntual y democrática, hasta ahora, ninguno ha muerto, enfermado, asesinado, renunciado o derrocado durante el desempeño de su encargo, ¡caso único en la historia!
[email protected]
Vicepresidencia
- Al Derecho
-
-
Carlos A. Sepúlveda Valle
Jalisco /