“En una sociedad democrática el espacio urbano no es solo un ámbito de circulación, sino también un ámbito de participación”. Lo anterior es un fragmento de la Sentencia 301/2006 emitida por el Tribunal Constitucional español el 23 de octubre de 2006.
El Gobierno de Madrid había decidido prohibir las manifestaciones debido a que ya se habían celebrado muchas, y al ser tantas, se rompía el equilibrio de derechos.
En total se habían llevado a cabo cuatro marchas con la participación de quinientos asistentes en cada una, lo cual para el Gobierno de Madrid estaba ocasionando la alteración del orden público. Argumento más absurdo no pudo encontrarse.
En México iniciamos el año con protestas, el día de ayer veía un video de una manifestación en una gasolinera de Huauchinango, la gente se veía organizada, el orador explicaba las medidas jurídicas que se podrían emplear para hacer frente al “gasolinazo”; era una protesta pacífica en la que nadie realizó actos vandálicos.
En el video podía verse a la gente realizando una fila ordenada para firmar un amparo; se invitaba a los asistentes a tomar únicamente un carril de la carretera, y aunque enfrente tenían una tienda, en ningún momento entraron a robar ni a saquearla.
Así como en Huauchinango, se llevaron a cabo manifestaciones pacíficas en todo el país, en ellas, la organización y los medios pacíficos fueron una característica común.
Lo que vi ayer y he visto en estos días, es la apropiación del espacio público, como un espacio de participación, el uso de un derecho reconocido en diversos tratados internacionales, entre los que podemos mencionar el 21 del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos y el 15 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Lo que he visto en estos días es el ejercicio a un derecho reconocido en el artículo 9° de nuestra Constitución, el cual señala que no puede ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta.
También vi los videos del saqueo de una tienda en Naucalpan, al igual que la mayoría de la población los repruebo, sin embargo, sería irresponsable limitar o prohibir el derecho a la libre manifestación por hechos aislados. Sería injusto calificar a todos los manifestantes como vándalos.
Seamos tolerantes, tal y como lo ha señalado la Suprema Corte de Justicia mexicana en la Acción de Inconstitucionalidad 96/2014 en la que explicó que la democracia exige un alto grado de tolerancia al pluralismo y a la manifestación social pública, ya que el uso del espacio público es el cauce para expresar y dar a conocer las ideas, pensamientos, inconformidades, molestias o reclamos.
El derecho a la manifestación es y debe seguirse considerando como un canal para demostrar la inconformidad contra una norma o una acción del Gobierno; la tolerancia que muestren las autoridades y que mostremos los propios ciudadanos es un síntoma de una democracia saludable.
No esperemos a que nos ocurra como en el famoso poema, atribuido por algunos al dramaturgo Bertolt Brecht y por otros al pastor Martin Niemöller, denominado “ellos vinieron por mí”, y en el que recita que cuando los nazis vinieron a buscar a los comunistas, guardó silencio, porque no era comunista; cuando encarcelaron a los socialdemócratas, guardó silencio, porque no era socialdemócrata; cuando vinieron a buscar a los sindicalistas, no protestó, porque no era sindicalista; cuando vinieron a buscar a los judíos, no pronunció palabra, porque no era judío; cuando finalmente vinieron a buscarlo, no había nadie más que pudiera protestar para defenderlo.
Es decir, no esperemos que sea nuestra causa para protestar, seamos tolerantes y sigamos enalteciendo el derecho a la manifestación, siempre y cuando sea de manera pacífica.