Política

La victoria de México contra el tráfico de armas

  • Columna Invitada
  • La victoria de México contra el tráfico de armas
  • Alejandro Celorio

En 2004, México logró una sentencia histórica en la Corte Internacional de Justicia. Al fallar sobre el llamado caso Avena, la CIJ determinó que Estados Unidos debía revisar las condenas de mexicanos sentenciados a muerte, a los cuales no se les informó al momento de su detención sobre su derecho de contar con protección consular que otorga la Convención de Viena.

El caso Avena es una demostración de que México puede lograr victorias e incidir en favor de sus ciudadanos mediante el derecho internacional, aunque a veces no de la forma expedita y directa como quisiéramos. Estados Unidos no acató el fallo de la CIJ por lo que personas mexicanas han sido ejecutadas en prisiones estadounidenses sin que su caso fuera revisado. Sin embargo, la repercusión del caso logró visibilizar la importancia del acceso y asistencia consular para prisioneros mexicanos y otros extranjeros en cárceles de EE. UU. Gracias al caso Avena, la protección consular para prisioneros es un derecho cada vez más reclamado y otorgado. El éxito de aquel esfuerzo es incuestionable, por su arrojo, innovación y contribución al derecho internacional.

México siempre se ha apoyado en el derecho para defender sus intereses. Ante la grave situación de tráfico de armas proveniente de los Estados Unidos (utilizadas en más del 70 por ciento de los homicidios dolosos con armas cometidos en el país), el gobierno mexicano presentó en 2020, en una Corte de Massachusetts, una demanda civil contra empresas fabricantes que, al comerciar armas de manera negligente, facilitan su tráfico a territorio mexicano. Tal acción legal impulsada por México fue considerada en su momento como arrojada e insólita.

El argumento de México, validado por la Corte Federal de Apelaciones del Primer Circuito estadounidense, es que las empresas facilitan e incitan el trasiego de armas al venderlas sin cuidado a prestanombres coludidos con organizaciones criminales en ambos lados de la frontera. ¿Y como se puede probar que las empresas tienen conocimiento del uso final de sus armas? Las armas tienen un número de serie con el que se puede trazar desde el punto de fabricación, venta, hasta el lugar donde fue encontrada o decomisada. Por años las empresas estadounidenses han sabido que sus armas terminan en manos de criminales en México y no han hecho algo para evitarlo.

El caso llegó a la Suprema Corte estadounidense, la cual resolvió ayer en contra de esa victoria ante la Corte Federal de Apelaciones y determinó que las empresas demandadas gozan de la inmunidad que les otorga la ley Protection of Lawful Commerce in Arms Act (PLCAA). México había invocado una excepción a esa inmunidad argumentando que las demandadas no pueden gozar de inmunidad porque violan leyes federales que prohiben la exportación y la venta sin licencia al facilitar y animar que prestanombres adquieran sus armas para luego traficarlas a México.

La Suprema Corte considera que es muy tenue el vínculo entre la conducta de las empresas demandadas y el daño causado en México por el tráfico y por lo tanto no se podría establecer que violen leyes federales. Resulta muy interesante este análisis a la luz de la designación de ciertos cárteles como organizaciones terroristas extranjeras. Si la Corte hubiera reconocido un vínculo entre las demandadas y los cárteles, se les podría acusar de auxiliar materialmente a organizaciones terroristas. Quizás por eso la Corte fue tan cautelosa en su decisión.

Sin duda, México esperaba que sus argumentos prevalecieran y se pudiera llegar a la etapa de presentación de evidencia en juicio. Algo que seguramente le inquietaría a las empresas demandadas. En un juicio, las partes están obligadas a presentar la información que se le solicite. Habría sido extraordinariamente relevante conocer en el litigio cuánto saben las demandadas sobre el destino de sus armas y si toman decisiones comerciales con base en esa información. Hay que recordar que muchas de las empresas demandadas por facilitar el tráfico de sus armas, le venden armas a las fuerzas de seguridad mexicanas.

¿Es este fallo una derrota definitiva para la lucha de México contra el tráfico de armas que hacen posible la violencia en nuestro territorio? No lo es. De entrada, porque se mantiene viva una segunda demanda presentada por el gobierno de México, ésta en una corte de Arizona, en contra de cinco tiendas distribuidoras de armas.

Pese al fallo de ayer, las victorias están ahí. Evidentemente, los mexicanos hubiéramos preferido que la Suprema Corte hubiera escuchado y aquilatado de fondo los argumentos y evidencias presentadas por México. Pero que se logró, aun con todo, es algo que hubiera sido impensable hace algunos pocos años: de entrada, que se hablara del tema; después, que en amplios sectores en Estados Unidos --incluyendo dentro del gobierno, el Congreso, los estados, la opinión pública y los medios de comunicación-- se reconociera que el tráfico de armas genera violencia y muerte en México. Treinta y un fiscales de distrito, 19 procuradores generales, gobernadores, alcaldes y otros actores relevantes en Estados Unidos respaldaron los argumentos mexicanos. ¿Estaban equivocados?

La demanda de México, si bien no implicó en una sanción directa contra los fabricantes de armas, ha articulado la causa contra éstas. Como ocurrió en momento con el caso Avena que derivó en el aumento de la protección consular, el movimiento que se integró alrededor de la demanda de México derivará, en algún momento, en menos armas y más seguridad y paz para nosotros.

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