Por: María de los Ángeles Estrada
Ilustración: Víctor Solís, cortesía de Nexos
Cuando un estudiante universitario elige como método de titulación el redactar una tesis y someterse a un examen profesional, ambos ejercicios se convierten en requisitos que, de no cumplirse, resultan en que el estudiante no pueda recibir su título profesional. Son requisitos tan válidos como el que un estudiante apruebe todas las materias del plan de estudios. Si una estudiante de derecho no acredita la materia de Derecho Penal, por ejemplo, no podrá titularse como licenciada en derecho. Lo mismo debería pasar si la estudiante copia y pega el trabajo de alguien más y lo entrega como un trabajo original. En este último caso, además, la estudiante no sólo no cumple con un requisito, sino que además está cometiendo un fraude. Pero el caso de la ministra es incluso más grave. Valiéndose de un título de licenciatura que en estricto sentido no debió recibir, Esquivel realizó estudios de posgrado y obtuvo trabajos que tenían como requisito ser licenciada en derecho como, por ejemplo, una ministratura del más alto tribunal de nuestro país. Esa persona que presuntamente cometió un fraude académico y que a lo largo de muchos años ha obtenido beneficios de este alegado plagio es una de las once personas que deciden sobre la constitucionalidad de las normas e interpreta y dota de contenido los derechos fundamentales de todos nosotros.