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¿Me pueden MULTAR por ingresar comida al cine? AQUÍ te decimos

Es importante conocer que en muchos casos los usuarios prefieren comer los alimentos que venden en el sitio.

Una de las dudas más comunes entre los asistentes a las salas de cine en México es si pueden recibir una multa por ingresar con alimentos comprados fuera del establecimiento.

Esta cuestión ha sido objeto de debate durante años, pues muchas cadenas de cine tienen políticas estrictas que prohíben la entrada con productos externos, argumentando razones comerciales y de higiene.

¿Pueden sancionarte o multarte por ingresar con comida?

Hasta la fecha, no existe una ley que establezca multas para los consumidores que ingresen con alimentos a una sala de cine

Sin embargo, las empresas pueden negarte el acceso o solicitarte que te retires del establecimiento si no acatas sus reglas internas. En algunos casos, los empleados pueden argumentar que se trata de una política interna, pero no tienen la autoridad legal para imponer sanciones económicas o reportar a un cliente por esta acción.

¿Qué hacer si te impiden ingresar con alimentos?

Si consideras que un cine está violando tus derechos como consumidor, puedes presentar una queja ante Profeco a través de sus oficinas, su página web o el Teléfono del Consumidor. Es recomendable llevar evidencia como fotografías, videos o recibos de compra que respalden tu inconformidad.

¿Es legal que revisen mi bolsa en el cine?

En entrevista con MILENIO, el titular de Profeco, César Iván Escalante, explicó que al momento de comprar el boleto de ingreso, el cliente debe acatarse a los lineamientos establecidos.

Pero dejó en claro que esto no incluye la revisión de mochilas o bolsas por parte del personal del complejo.

En el contrato de adhesión o en las condiciones está que no puedes ingresar con alimentos, tienes que cumplir con ese contrato, si no, finalmente, no vayas a ese cine, ve algún otro que no tenga esta limitación, entonces, revisar mochilas, es ilegal, pedirle que enseñe el contenido de la mochila o del bulto, o el paquete pactado a voluntad, está bien, si se puede hacer, pero de ningún motivo obligar al consumidor a hacerlo”, comentó el funcionario.

Con esta aclaración, la Profeco dejó en claro que el paso de productos ajenos a las salas está condicionado según las normas establecidas por la cadena, sobre todo para la comodidad de aquellos cinéfilos que gustan de comprar paquetes.

Escalante reiteró que el artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor prohíbe a los proveedores obligar a los clientes a mostrar el contenido de sus pertenencias.

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Jessica Piña
  • Jessica Piña
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  • Septienita de corazón. Editora de Discover Milenio, escribo de todo un mucho. Las audiencias, Google y el algoritmo son mi pan de cada día. La música, el cine y los trends son mi conversación favorita.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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