Negocios

¡Godínez! No olvides tus días de descanso oficial

Durante el año, además de tus vacaciones, por ley cuentas con siete días de descanso distribuidos durante el año.

Godínez ¿Sabías que la Ley Federal del Trabajo contempla siete días de descanso obligatorio y cada seis años son ocho?

El artículo 74 de la legislación son dice cuáles son los días no laborables.  

1. El 1 de enero

2. El primer lunes de febrero en conmemoración al 5 de febrero (la promulgación de la Constitución)

3. El tercer lunes de marzo en conmemoración al 21 de marzo (el natalicio de Benito Juárez)

4. El 1 de mayo (Día del Trabajo)

5. El 16 de septiembre (Día de la Independencia de México)

6. Tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre (día de la Revolución Mexicana)

7. El 25 de diciembre, Navidad

8. El 1 de diciembre de cada seis años (cambio de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal

Además, los días que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Si tu jefe te solicita trabajar ese día, tendrás derecho a que se te pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más dos días extra, es decir, recibirás el tripe de tu sueldo y en caso de ser domingo, se te deberá pagar la prima dominical.

REPL

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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