Estados

Durango se resiste a garantizar acceso al aborto por violación

En lo que va del año, autoridades han canalizado a 4 mujeres para que se les practique la interrupción del embarazo en otros estados.

Aunque el aborto en México es considerado legal cuando se da por determinadas causales que se contemplan en la Ley, como lo es el embarazo por violación, si pone en riesgo la salud y la vida de una mujer, o si el producto presenta alguna malformación congénita grave, entre otras.

En el estado de Durango, la Norma para la violencia familiar, sexual y contra las mujeres, se contrapone a lo que establece la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de la entidad y el Código Penal local.

En lo que va del año, cuatro mujeres embarazadas por producto de una violación, han sido canalizadas a otras instituciones médicas de entidades vecinas para que se les practique la interrupción, a pesar de que la NOM 046 establece que las víctimas de violación tienen derecho al aborto en cualquier institución de salud pública del país, las cuales deberán contar con médicos y enfermeras no objetores de conciencia, sin presentar su denuncia ante el Ministerio Público.

Sandra Sierra Limones, representante de la Fundación para la Promoción, el Desarrollo y el Empoderamiento de las Mujeres (Funprodem), comenta:

“Consideran que diferenciándolos a otros estados ya están cumpliendo y cubriendo este tema y no es así, las mujeres necesitan recibir la atención conforme lo que establece la norma en sus propios estados”.

Las autoridades señalan que no se han armonizado sus leyes a la norma 046, lo cual es falso, debido a que una de las causales por las cuales se permite el aborto en Durango, es la violación.

“Ya está incluido y la Norma 046 regula el cómo tiene que ser esto y una de las cosas es que no se tiene que presentar una denuncia en el Ministerio Público”.

Desafortunadamente la mayoría de las violaciones se dan en el seno familiar, por lo que muchos de los casos no se denuncian y si hay un embarazo, la mujer determina por interrumpirlo, por lo que las autoridades tienen la obligación de respaldar y responder.

“Durango es el ejemplo más claro de para qué queremos leyes si en la práctica no se llevan a cabo, para qué queremos una ley que diga que en caso de violación se pueda acceder a un aborto y en términos reales esto no pasa”.

Ante la falta de atención a la Norma 046, han tenido que ser referenciados los casos a Torreón, Coahuila, en donde se aplica el procedimiento, a pesar de que son ciudadanas duranguenses.

“A nivel médico esto no es un procedimiento complicado, lo complicado es que se respeten todos los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres”.

Nada más no se está cumpliendo, sino que parte de los resolutivos de la Alerta de Género, establecen acciones de capacitación para la efectiva aplicación de la norma, con el objetivo de que las mujeres puedan acceder al derecho del aborto.

“También generar los mecanismos necesarios para que las mujeres conozcan que tienen este derecho y que no es necesario tener una denuncia en el Ministerio Público”.

Entre las acciones a las que se ha comprometido Durango, es el certificar y capacitar a sus médicos en la Norma 046 y generar un instrumento de evaluación para ver qué es lo que está pasando y cuántos embarazos se interrumpen por motivo de una violación.

“Un indicador muy sencillo es ver cuántos embarazos se interrumpen por motivos de una violación y en territorio duranguense no ha habido uno solo”.

Lo anterior a pesar de que a nivel nacional 34 niñas se embarazan en hechos de violencia sexual al día, según datos del Instituto Nacional de las Mujeres.

Recordó que en Durango hace 4 años, una mujer de la región Laguna fue acusada por aborto y sentenciada a 37 años de prisión.

LA NORMA OFICIAL MEXICANA

De acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, los casos de violación sexual son urgencias médicas y requieren atención inmediata. Establece también que en caso de embarazo por violación, las instituciones de salud deben prestar el servicio de interrupción voluntaria del embarazo en donde, bajo protesta de decir verdad, manifieste que dicho embarazo es producto de violación sexual.

Dicha norma, está reconocida en diversas leyes como la Ley de Salud y obliga a los prestadores de servicios de salud a brindar atención médica a quienes sufran de violencia familiar o sexual, por lo que en caso de haber un embarazo derivado de una violación, las mujeres tienen el derecho de exigir su interrupción, toda vez que en todos los códigos penales, la violación es reconocida como una causal, así mismo, la NOM 046 elimina la presentación de denuncia ante el Ministerio Público en caso de violación.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA

La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, en su Artículo 3, señala que el Estado reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano, al sustentar expresamente que desde el momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural, salvo las excepciones que establezca la ley.

Mientras que en el Código Penal local, en el Artículo 150 se establece que: Se impondrá de uno a tres años de prisión y multa de setenta y de dos a doscientos dieciséis veces la Unidad de Medida y Actualización, a la mujer que diere muerte al producto de su propia concepción o consintiere en que otro se la diere.

Son causas excluyentes de la responsabilidad penal la muerte dada al producto de la concepción: Cuando aquélla sea resultado de una conducta culposa de la mujer embarazada, en este caso debe darse aviso correspondiente al ministerio público, cuando el embarazo sea resultado del delito de violación y cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte a juicio del médico que la asista.

AGENDA LEGISLATIVA NO INCLUYE LA NOM 046

Para que la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM-046- SSA2-2005) se cumpla como tal en el estado de Durango, es necesario armonizar la legislación local, pues debido a eso no ha sido posible debido que a las víctimas de violación se les solicita presentar antes la denuncia ante el Ministerio Público.

Ante la ausencia de la armonización, la Secretaría de salud en el estado ha enviado a las víctimas de violación a hospitales de Coahuila, en donde han podido interrumpir su embarazo.

Hasta el momento, los legisladores locales no tienen considerado dentro de la agenda legislativa abordar dichos temas.

Morena Otniel García, diputado por Movimiento Regeneración Nacional (Morena), manifestó que no es en lo particular se trabaja actualmente en otros temas como la Ley Olimpia, así como el de delitos cibernéticos, temas que se han presentado en este nuevo periodo ordinario.

Indicó que se han abordado diversidad de temas, sin embargo en lo referente al aborto no se ha revisado.

Por su parte el legislador David Ramos Zepeda, de la fracción del PAN, indicó que apenas están preparando el tema para poder lo presentar en la agenda legislativa. Dijo que debido a que no se cuenta ningún posicionamiento dentro del grupo parlamentario, se está valorando y analizando para determinar el cómo se va a plantear.

“Estamos revisando para ver cómo lo vamos a plantear para cubrir todas las lagunas que pueden haber en la legislación aquí en Durango”.

Fue hasta inicios de este mes de octubre cuando se dio a conocer por parte de la Secretaría de Salud en el Estado, que iniciaría con una capacitación al personal médico de hospitales de los diferentes municipios, con el objetivo de poder cumplir con la norma 046 en lo que se refiere a la interrupción de embarazos.

IGLESIA, SIEMPRE A FAVOR DE LA VIDA

Aún y cuando el argumento para que una mujer se someta a un aborto sea la violación, el principio de la iglesia es el estar a favor de la vida desde su concepción hasta la muerte natural, señala Julio Carrillo Gaucín, Vicario General de la Diócesis de Gómez Palacio.

Consideró que el movimiento nacional de mujeres que manifiestan que cada quien tiene derecho a decidir sobre su cuerpo, tiene un principio falso.

“Uno tiene derecho a cuidar el cuerpo y cuando hay otro cuerpo, en este caso un bebé, tampoco tenemos ningún derecho de privarle de la vida”.

Señaló que aún y cuando sea por una violación, nadie tiene derecho de privar la vida de otro ser humano.

“Por qué un inocente tiene que pagar, en este caso el bebé, aquí el problema es la impunidad, quien comete una violación permanece impune”.

En este caso, la opción que siempre ha dado la iglesia, es que en caso de un embarazo por violación, es darlo en adopción.

“Tomar conciencia de que ese bebé tiene derecho a vivir, se puede dar a una institución en donde se pueda entregar a una familia”.
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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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