El Congreso del Estado de Chiapas aprobó la Ley de Voluntad Anticipada para enfermos terminales, la cual tiene por objetivo regular la manifestación de la voluntad de las personas para rechazar medios, tratamientos o procedimientos médicos que prolonguen innecesariamente la vida.
¿En qué consiste?
Esta ley de voluntad anticipada no es un acto deliberado de dar fin a la vida de un paciente, aseguró el Congreso, es decir, no es eutanasia, no prolonga ni acorta la vida, sino que respeta el momento natural de la muerte.
Por otro lado, favorece la atención y los cuidados paliativos, ofreciendo siempre el acompañamiento y soporte humano sin intervención médica.
Asimismo, garantiza en todo momento la dignidad, autonomía y derechos del paciente con alguna enfermedad incurable o en situación terminal. Conviene señalar que la decisión puede ser revocada en cualquier momento.
¿Cómo solicitarlo?
Para acceder a este método se debe realizar el siguiente procedimiento:
- Presentar un documento de voluntad anticipada ante un notario público, el cual puede suscribir cualquier persona con capacidad de ejercicio.
- El requisito para acceder a este beneficio es la manifestación personal, libre, consciente, inequívoca e informada; por escrito; firma del otorgante y dos testigos.
- Se debe designar un representante.
La persona que solicite esta opción puede ser donador de órganos, por lo que también con esto se creará el Registro Estatal de Voluntades Anticipadas, el cual estará a cargo de la Secretaría de Salud del estado de Chiapas.

ksh