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TEPJG desestima infracción a RMV por spots turísticos

De manera unánime, el Pleno de la Sala Superior determinó que no hubo violación de la veda electoral debido a que la propaganda hizo referencia a lugares culturales y educativos.

Por unanimidad, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinó que el Gobierno de Coahuila no incurrió en falta alguna del código electoral al promocionar el Estado con propaganda turística.

Esto en relación a la denuncia por la transmisión de 8 spots por televisión, cuando la entidad se encontraba en proceso electoral, en el periodo de mayo y primeros días de junio.

[OBJECT]Aunque la ley electoral establece que en el período de campañas políticas la propaganda gubernamental debe suspenderse, se exenta la propaganda relacionada con temas culturales, educativos, de seguridad, salud y protección civil.

“La inexistencia de las infracciones objeto del procedimiento especial sancionador iniciado en contra del Gobernador del Estado de Coahuila, del Titular de la Unidad de Comunicación Social, así como de la Subdirectora de Radio y Televisión”.

La Sala Superior hizo un estudio a los ocho promocionales, donde se advirtió que el contenido hace referencia a la información e imágenes de diversos monumentos históricos, así como a lugares recreativos y culturales del Estado de Coahuila.

"No acredita de manera efectiva un ejercicio de promoción personalizada de algún servidor público en específico, pues no existen referencias directas o indirectas que permitan establecer una vinculación entre el mensaje de los promocionales y algún funcionario”.

rcm

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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