El Grupo Legislativo del PRI en el Congreso local lanzó un llamado al gobierno estatal a publicar, cuanto antes, las recientes reformas a la Ley Estatal de Educación, que armonizan con la Ley General, para evitar la venta y distribución de alimentos de bajo valor nutricional y alto contenido calórico dentro de los planteles educativos.
Álvaro Ibarra, coordinador de la bancada legislativa priista, explicó que la propuesta la hace ante el inminente regreso a clases presenciales y para velar por el interés superior de la niñez y el derecho de niñas, niños y adolescentes a una sana alimentación.
Dijo que el pasado 26 de abril el Congreso local aprobó la iniciativa que presentó para reformar la fracción XIV del artículo 120 de la Ley de Educación de Nuevo León para armonizarla con la Ley General de Educación.
Sólo falta, agregó Ibarra, que el Ejecutivo la publique en el Periódico Oficial del Estado para que sea ley vigente.
“Esta reforma tiene como objetivo armonizar nuestro marco legal a las disposiciones vigentes a nivel federal, a fin de establecer como una infracción la venta o distribución de alimentos no sólo los de bajo valor nutrimental, sino también de aquellos de alto contenido calórico, de acuerdo a las normas oficiales.
“Con esto se busca tener la certeza de que este tipo de productos no llegarán a las escuelas y no dañarán a las niñas, niños y adolescentes del estado”, señaló.
El líder del grupo legislativo tricolor consideró que, desde ahora, las autoridades educativas deben tomar medidas ejecutivas en ese sentido, en el marco de los protocolos que aplicarían en Nuevo León para la reanudación de actividades escolares, más aún considerando que el confinamiento y el sedentarismo obligados por la pandemia afectaron los hábitos alimenticios de los menores.
El líder parlamentario priista añadió que, con la reforma, la Secretaría de Educación estatal puede fijar las bases para fomentar estilos de vida saludables que prevengan, atiendan y contrarresten, en su caso, el sobrepeso y la obesidad entre los educandos.
La reforma al Artículo 120 de la Ley Estatal de Educación precisa en su fracción XIV como infracción permitir la venta de alimentos de bajo o nulo valor nutricional, o bien con alto contenido calórico de acuerdo con los criterios nutrimentales y Normas Oficiales Mexicanas emitidas por la Secretaría de Salud en las escuelas de nivel básico.