El Senado emitió la convocatoria pública que determina los requisitos y el procedimiento para nombrar al titular de la Fiscalía General de la República.
El acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) establece que los candidatos deberán contar con ciudadanía mexicana por nacimiento; tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación; tener título profesional de licenciatura en Derecho con antigüedad mínima de diez años al día de la designación.
También, gozar de buena reputación, que incluya elementos como calidad profesional relevante, trayectoria en el servicio público o en ejercicio de la actividad jurídica; y honorabilidad, alta calidad técnica, compromiso con valores democráticos, independencia y reconocimiento social, además, no haber sido condenado por delito doloso.
La Comisión de Justicia del Senado de la República recibirá las solicitudes que, sólo se recibirán en la dirección electrónica www.senado.gob.mx, a partir de las 13:00 horas del lunes 24 de diciembre de 2018 y hasta las 13:00 horas del lunes 31 de diciembre de 2018 (tiempo del centro de México).
El aspirante deberá presentar la solicitud, consistente en escrito firmado donde manifieste voluntad expresa de participar en el proceso de selección; Currículum Vitae con fotografía actual; escrito firmado en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, no haber sido condenada por delito doloso.
Asimismo, un escrito firmado en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, no haber sido inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos de la federación o en alguna de las entidades. Si su candidatura estuviera apoyada por alguna universidad, instituto de investigación, asociación civil u organización de la sociedad civil, deberá adjuntar escrito que lo acredite.
Otro requisito es la entrega de un ensayo firmado, con un máximo de diez cuartillas escritas en letra tipo arial tamaño 12, con interlineado sencillo, que incluya un análisis acerca de los fenómenos delictivos que afectan al país; elementos de un plan de persecución penal; y cómo debe utilizarse el marco normativo de la Fiscalía General de la República para enfrentar los fenómenos delictivos y su evolución.
La Comisión de Justicia remitirá a la Junta de Coordinación Política mediante Dictamen fundado y motivado, el listado de las personas que considere reúnen las condiciones de elegibilidad para el cargo de titular de la Fiscalía General de la República.
La Jucopo elegirá al menos diez personas que, por conducto de la Mesa Directiva, pondrá a votación del Pleno del Senado. En caso de no obtenerse el voto aprobatorio de las dos terceras partes de los miembros presentes, se realizará una segunda votación. Si en esta no se alcanza dicha mayoría, la Junta de Coordinación Política presentará una nueva propuesta en la sesión plenaria inmediata siguiente.
Una vez aprobada la lista de al menos diez candidaturas, se remitirá al titular del Ejecutivo Federal quien, dentro de los diez días siguientes formulará una terna entre las personas de esa lista para someter a la consideración del Senado.
El Senado de la República, con base en la terna enviada por el titular del Ejecutivo Federal y previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Fiscal General de la República, mediante el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, dentro del plazo máximo de diez días siguientes a la recepción de la terna.
La comparecencia ante el Pleno del Senado de las tres personas candidatas a la titularidad de la Fiscalía General de la República se atenderá a cada una de las personas de la terna por separado, en estricto orden alfabético acorde a la primera letra del primer apellido.
Concluidas las tres comparecencias se procederá a la votación por cédula. La persona que resulte designada y nombrada titular de la Fiscalía General de la República rendirá la protesta de ley ante el Pleno del Senado de la República en la misma sesión.
VJCM