Elecciones

TEE sanciona a Samuel, Larrazabal y Clara Luz por infringir normas sobre menores

META21

También fue multado al alcalde de Doctor Arroyo, Juan Antonio Martínez, por acudir, en día y hora hábil, a un evento masivo de carácter proselitista de los candidatos a gobernador, presidente municipal y diputado local del PRI.

Los magistrados del Tribunal Estatal Electoral (TEE) sancionaron a los candidatos a la gubernatura Samuel García, de Movimiento Ciudadano; Fernando Larrazábal, del PAN; y Clara Luz Flores, de la coalición Juntos Haremos Historia, así como al alcalde de Doctor Arroyo, por infringir normas electorales en matera de vulneración a derechos de niñas, niños y adolescentes, y discriminación.

Por un lado, los magistrados sancionaron a Samuel García, a través del PES-331/2021, luego de que fuera denunciado por subir a su Facebook la imagen de un niño en donde no acreditó cumplir con los requisitos exigidos en los lineamientos para la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en materia de política- electoral emitidos por el Instituto Nacional Electoral.

Mientras que en el PES-377/2021, también se determinó que Samuel García contravino a las normas de propaganda electoral por el uso de expresiones discriminatorias, lo anterior, toda vez que el denunciado difundió el 13 de marzo en su red social la cobertura a su expresión consistente en la palabra “prietitos” y, además, en dicha publicación reiteró que la expresión “prietitos en el arroz”, se trataba de un dicho común, por lo cual, se le impuso una sanción de 50 UMA, equivalentes a 4 mil 484 pesos.

En cuanto a Clara Luz Flores, el organismo electoral determinó por mayoría de votos declarar existente la contravención al interés superior de la niñez atribuida a Flores Carrales y a Morena, por culpa in vigilando, puesto que en una de las publicaciones denunciadas aparecía un menor de edad que puede ser identificable, del cual no se contaba con la documentación señalada para dar cumplimiento a lo establecido en los lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, por lo que se le impuso una multa de 50 UMA.

De igual forma, los magistrados sancionaron a Fernando Larrazabal, en primera instancia, por contravenir las normas de propaganda política o electoral, pues en el video denunciado el 8 de enero, que corresponde a propaganda de precampaña, aparecía un menor de edad del cual no se contaba con la documentación señalada para dar cumplimiento a lo establecido en los lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político electoral.

En segundo término, también se le impuso una sanción por un video subido el 21 de marzo pasado en donde vulneró los derechos de las niñas, niños y adolescentes al no cumplir con los lineamientos establecidos. En ambos expedientes se le impuso una multa de 50 UMAS en cada uno.

Por último, los magistrados sancionaron al alcalde de Doctor Arroyo, Juan Antonio Martínez, por acudir, en día y hora hábil, a un evento masivo de carácter proselitista de los candidatos a gobernador, presidente municipal y diputado local del PRI, celebrado el día 22 de marzo, a lo cual, la autoridad determinó la existencia de la infracción, ya que de autos quedó acreditado que asistió a un evento proselitista en día hábil, configurando con ello la infracción consistente en uso indebido de recursos públicos, en su vertiente de vulneración al principio de imparcialidad y neutralidad.

A él se le impuso una multa de 8 mil 962 pesos al no respetar lo estipulado en el artículo 350 de la Ley Electoral.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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