La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el Programa de Transporte Escolar en la Ciudad de México, que entró en vigor durante la gestión de Marcelo Ebrard, es discriminatorio porque viola el principio de igualdad al dar un trato diferenciado a los centros escolares. El citado programa exenta de la obligación de brindar el servicio de transporte escolar a aquellos establecimientos educativos que cuenten con menos de 490 alumnos.
TE RECOMENDAMOS: Aprueban descuento de 50% en transporte masivo para grupos vulnerables
El ministro Fernando Franco González Salas propuso otorgar un amparo al Colegio México Bachillerato, el cual cuenta con más de mil alumnos, propuesta que recibió el apoyo de sus homólogos que integran la Segunda Sala. “Se estima arbitraria y sin justificación la diferencia de trato, puesto que no existe ninguna razón que permita a esta Sala determinar el por qué los establecimientos escolares con 490 alumnos o menos están exentos de aplicar obligatoriamente el servicio de transporte escolar, y no así los que tengan 491 o más”, detalla el proyecto de sentencia.
El caso llegó a la Corte porque el colegio impugnó una multa que le fue impuesta por las autoridades capitalinas por no cumplir con la disposición. La Sala señaló que el decreto y el manual para la aplicación del referido programa, emitidas por el entonces jefe de gobierno del Distrito Federal, vulneran el principio de igualdad porque no justifican el trato diferenciado que estableció entre los planteles educativos de la capital.
TE RECOMENDAMOS: Nueva movilidad escolar reduciría contaminación
El amparo concedido resolvió que la Sala Superior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México deje sin efecto la multa reclamada y, en su lugar, emita otra en la que tome en consideración que no puede sancionarse a la institución educativa por la falta de implementación del Programa de Transporte Escolar en este caso.
TE RECOMENDAMOS: Quieren dar transporte publico a alumnos destacados
El programa, puesto en marcha en 2009, era obligatorio inicialmente sólo para las escuelas de mil 240 alumnos, pero el decreto definió una incorporación progresiva y, a partir de 2013, la obligación incluyó a todos los centros educativos que tienen más de 490 alumnos inscritos.
SBG