La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó los recursos de revisión de procedimiento especial sancionador promovidos por el gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, y su secretario de Gobierno, Manuel Florentino González Flores.
Por lo cual, se confirmó el fallo que hizo la Sala Regional Especializada del TEPJF, en el que ordena al Congreso del Estado ser el que los sancione por el desvío de recursos para la campaña del Bronco en busca de la Presidencia de la República en 2018.
Esto luego de que en su ponencia la magistrada Janine Madeline Otálora Malassis consideró que las demandas de los funcionarios estatales eran infundadas, ex temporales, y por lo tanto ineficaces.
De manera inicial, y de acuerdo con Otálora Malassis, la publicitación en estrados se ajusta a la jurisprudencia de la Sala Superior, por lo tanto declaró infundada la queja de Rodríguez Calderón y González Flores de que se les tuvo que notificar de manera personal la resolución en la que se establece que resultaron responsables de infringir la normativa electoral y que la sanción la dictará, por acuerdo, el Congreso del Estado.
"Los actores no señalaron domicilio en la ciudad sede de la sala responsable, en este sentido, al ser los recurrentes debidamente notificados por estrados de la resolución reclamada, la presentación de sus demandas resulta ex temporal.
"Y, en consecuencia, existe un impedimento procesal para analizar los demás agravios hechos valer en contra de la resolución incidental, de ahí que resulten ineficaces, por tanto se propone confirmar la resolución controvertida", argumentó la ponente.
Tras la presentación del caso, no hubo intervención por ninguno de los otros cinco magistrados presentes, y la propuesta fue votada a favor de forma unánime por el magistrado presidente Felipe Alfredo Fuentes Barrera, y los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Indalfer Infante Gonzales, Reyes Rodríguez Mondragón, José Luis Vargas Valdez, y la de la ponencia, Janine Madeline Otálora Malassis; en la sesión no estuvo presente la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso.
Con este revés para los independientes, se confirma lo que desde ayer, a través de un comunicado, preveía el gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, quien adelantó que existían "fuertes rumores" de que desecharían sus demandas, por lo que desde un día antes de la resolución tachó al TEPJF de ser "un Tribunal a modo de algunos partidos políticos".
Además, la Sala Superior falló en contra de Rodríguez Calderón en su recurso de apelación SUP-RAP-136/2019 en contra de la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que determinó infraccionarlo por la omisión de reportar en los informes de campaña aportaciones en especie recibidas por el Bronco en su campaña para gobernador de Nuevo León en 2015.
"Se propone calificar como inoperantes los agravios por los cuales el actor aduce que no está acreditada la infracción y su responsabilidad, y por los que alega la indebida cuantificación del modo involucrado así como la incorrecta calificación de la falta.
"Lo anterior toda vez que el recurrente se limita a realizar manifestaciones genéricas que no controvierte los razonamientos de la autoridad responsable", consideró la magistrada Otálora Malassis dentro de su ponencia de la sesión pública de la Sala Superior del TEPJF del 25 de septiembre.