La Secretaría de la Función Pública (SFP) aclaró que serán los titulares de cada dependencia y entidad de la Administración Pública Federal quienes definirán cuáles son las funciones esenciales en sus respectivas instituciones durante la contingencia por Covid-19.
Por lo tanto, los servidores públicos que se encarguen de esas funciones esenciales no podrán trabajar desde casa.
Un acuerdo publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) de este viernes, firmado por la secretaria Irma Eréndira Sandoval, reforma un documento publicado previamente, el pasado 23 de marzo, en el DOF que fijaba los criterios en materia de administración de recursos humanos para contener la propagación del Covid-19, en las dependencias y entidades de la administración pública federal.
Con la reforma, se determinó adicionar un apartado a ese documento del 23 de marzo, en el que se especifica que "el titular de cada dependencia y entidad fijará las funciones esenciales que garanticen la continuidad de operaciones en el cumplimiento de atribuciones, programas y objetivos institucionales o la prestación de bienes y servicios públicos indispensables en beneficio de la ciudadanía, las que servirán de sustento para las acciones que deben realizar los Titulares de las Áreas de Administración y Finanzas u homólogos”.
En el documento original no se mencionaba quién sería el responsable de esta determinación.
Ese documento del 23 de marzo entraba en confusión con otro acuerdo que fue publicado por la Secretaría de Salud al día siguiente, 24 de marzo, que instruyó "suspender temporalmente las actividades de los sectores público, social y privado que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas a partir de la entrada en vigor de este Acuerdo y hasta el 19 de abril del 2020".
Éste mencionaba que "en el sector público, los Titulares de la Áreas de Administración y Finanzas u homólogos o bien las autoridades competentes en la institución de que se trate, determinarán las funciones esenciales a cargo de cada institución, cuya continuidad deberá garantizarse conforme al párrafo anterior".
Por eso, en el texto publicado este viernes por la SFP aclara que los titulares de las dependencias y entidades son los que definirán cuáles son las funciones esenciales en cada institución, para que, a su vez, los titulares de la Áreas de Administración y Finanzas ejecuten la instrucción sin confusiones.
Asimismo, el texto recién publicado incluye ya la autorización para el "trabajo en casa para los servidores públicos, con excepción de aquéllos que por las funciones esenciales a realizar, deban seguir ejecutándolas en los lugares designados para esos efectos".
En el documento original no se incluía esa modalidad de actividad laboral, pues sólo la mencionaba como posibilidad para empleados de grupos vulnerables, junto con la opción de trabajo alternado y horarios de entrada escalonados.
El acuerdo de este viernes también especifica que no se permitirán los viajes oficiales al extranjero durante el periodo de contingencia, excepto por determinación expresa del Ejecutivo federal.
kvd