El gobernador Omar Fayad Meneses devolvió con observaciones al Congreso del estado el Decreto 723 a través del cual los diputados locales reformaron los artículos 23, 24 y 168 la Ley del Notariado para el Estado de Hidalgo.
Tras ello la presidenta de la Mesa Directiva, Lucero Ambrocio Cruz, sin precisar las observaciones ante el Pleno, turnó el oficio que envió el mandatario estatal, con el número GEH/036/2021, y el Decreto a la Segunda Comisión Permanente de Legislación y Puntos Constitucionales para su análisis y resolutivo correspondiente.
Las reformas a la Ley del Notariado se aprobaron por los diputados locales de las distintas fracciones parlamentarias y representaciones partidistas el pasado 14 de junio por unanimidad con 27 votos a favor.
Con las reformas al artículo 23 se estableció que cuando una notaría estuviere vacante o se resolviere crear una o más, el Poder Ejecutivo publicará convocatorias para que los aspirantes al ejercicio del notariado presenten el examen de oposición correspondiente.
Esta convocatoria será publicada por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado y por dos veces consecutivas con intervalos de tres días en uno de los periódicos de mayor circulación en el Estado.
Dicha convocatoria deberá contener por lo menos los siguientes requisitos: señalar las fechas, horarios y lugar, relativos al inicio y término del periodo de inscripción al examen. En ningún caso el periodo de inscripción excederá de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación de la convocatoria, así como Indicar el número de las notarías vacantes y justificar las de nueva creación.
Al primer párrafo del artículo 24 se le agregó únicamente la palabra “adscrito” para quedar de la siguiente manera: para obtener la patente de Notario Público Titular o Adscrito se requiere.
En tanto, en el artículo 68 se estableció que la asamblea de notarios regirá las decisiones del Colegio. En ella todos los Notarios Públicos Titulares tendrán voz y voto, en su ausencia, podrá ser ejercido por los Notarios Adscritos previa autorización del Notario Titular.
En lo que va de la LXIV legislatura esta es la segunda ocasión que el gobernador regresa al Congreso del estado un Decreto de reformas realizadas por los legisladores locales, la primer fue hace dos años.
El 13 de mayo del 2019 el Jefe del Ejecutivo estatal regresó al Congreso el Decreto número 184 que reformó el artículo 416 y la fracción I del artículo 417 de la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo.
El objeto de ese Decreto era abrir la posibilidad de que fuera la pareja quien decidiera qué apellido corresponde ir en primer término, sea el de la madre o del padre respecto del hijo que se reconoce y se registra; y en caso de no acordar, se determinaba que sería el Oficial del Registro del Estado Familiar quien realizaría un sorteo para elegir el orden de los apellidos.