Congreso

Diputados aprueban ley para regular organizaciones de la sociedad civil

A través de la ley se crea el Programa Estatal de Fomento y Fortalecimiento a las Acciones de las Organizaciones de la Sociedad Civil

Con 17 votos a favor los diputados locales aprobaron la Ley Estatal de Fomento y Fortalecimiento a las Acciones de las Organizaciones de la Sociedad Civil del estado de Hidalgo enviada por el gobernador Omar Fayad Meneses.

A través de la ley se crea el Programa Estatal de Fomento y Fortalecimiento a las Acciones de las Organizaciones de la Sociedad Civil, el Registro Único Estatal de Organizaciones, el Comité Estatal de Fomento y Fortalecimiento a las Acciones de las Organizaciones de la Sociedad Civil así como el Consejo Técnico de Asesoría y Consulta.

Se establece que las organizaciones de la sociedad civil son aquellas asociaciones o agrupaciones privadas, autogobernadas y legalmente constituidas en el estado de Hidalgo cuyo objeto social es aportar al bien común y que no persigan fines de proselitismo partidista, político-electoral, sindical o religioso, de lucro y su carácter no sea preponderantemente económico.

De acuerdo con el diputado local, Raymundo Lazcano Mejía, en Hidalgo existen más de 870 organizaciones de la sociedad civil y apuntó que una de las que tiene más años de vida es la Fundación Arturo Herrera Cabañas.

A través de la ley se establece el nuevo sistema de clasificación, basado en el objeto social y las acciones que realizan las organizaciones, entre ellas: el desarrollo integral comunitario; participación social y ciudadana; asistencia social; igualdad de género; derechos humanos, sociedad incluyente y cohesión social; promoción de actividades culturales, científicas y deportivas; y protección civil.

El Programa Estatal de Fomento y Fortalecimiento a las Acciones de las Organizaciones de la Sociedad Civil tiene como objetivo impulsar el trabajo conjunto entre las organizaciones y la administración pública estatal a través del fomento y fortalecimiento de las acciones de proyectos de impacto social que coadyuven con el desarrollo del estado, contemplará las políticas públicas para el fomento y fortalecimiento de las actividades de las organizaciones.

De igual modo el Registro Único Estatal de Organizaciones será un sistema único de información en apego a las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información y de protección de datos personales que identifique a las organizaciones y las acciones que éstas realicen.

En tanto el Comité Estatal de Fomento y Fortalecimiento a las Acciones de las Organizaciones de la Sociedad Civil tendrá como funciones aprobar el Programa Estatal y evaluar los resultados de su aplicación.

Por su parte el Consejo Técnico de Asesoría y Consulta tendrá por objeto proponer, opinar y emitir recomendaciones respecto de la creación, actualización y operación del Programa, a través de la adopción de las medidas necesarias que le permitan el cumplimiento de su objetivo.

La ley establece los derechos de las organizaciones y las obligaciones a las que estarán sujetas para acceder a los programas, apoyos, recursos o estímulos en materia de fomento y fortalecimiento que otorgue la administración pública estatal.

De acuerdo con los artículos transitorios de la ley el Comité Estatal de Fomento y Fortalecimiento a las Acciones de las Organizaciones de la Sociedad Civil y el Consejo Técnico se instalarán dentro de los 180 días siguientes a la publicación de la ley; en su primera sesión, determinarán el programa de trabajo a realizar.

Dentro de un término de 180 días contados a la entrada en vigor de la ley, se implementará el Registro Único Estatal de Organizaciones. Además se deberá expedir la normatividad correspondiente derivada de la ley dentro de los 180 días contados de su entrada en vigor.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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