La nulidad de la elección al Senado en Nuevo León sería jurídicamente viable a raíz de la reciente sentencia que dictó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), explicó el analista político Mauricio Rafful Obrador.
Esto debido a que ayer los magistrados de la Sala Superior aprobaron incluir en los gastos de campaña de los candidatos electos al Senado en Nuevo León el uso de playeras de futbol con marcas comerciales y algunos personajes animados.
En este sentido, el Instituto Nacional Electoral (INE), como autoridad fiscalizadora, deberá sumar dichos montos a los gastos reportados por Samuel García, de Movimiento Ciudadano, y Víctor Fuentes, de Acción Nacional, primero y segundo lugar en la votación, respectivamente.
Rafful Obrador advirtió que si el nuevo cálculo excede el tope de gastos de campaña de los candidatos electos, se anularía la votación y se convocaría a una elección extraordinaria, donde ya no podrían participar García ni Fuentes, pero sí sus partidos con algún otro cuadro.
“Ahora tienen que cuantificar lo que representan esos gastos de campaña, sumarlos. Evidentemente a los que ya tienen considerados para efectos de determinar si se rebasaron los topes. “En el escenario jurídico de que se hayan rebasado los topes lo que procederá es la nulidad de la elección y por lo tanto, la convocatoria a una nueva elección para reponer ese proceso electoral.
“En función de la gravedad de la falta, el Instituto Nacional Electoral (INE) determinará si solo tienen impedimento para participar los candidatos que incurrieron en esas faltas graves, o si podrán participar los partidos políticos por ellos representados”, dijo.
El beneficio
Por otra parte, el analista político se mostró a favor de la sentencia emitida por la Sala Superior del TEPJF, al argumentar que por ejemplo Samuel García extrajo un beneficio proselitista al utilizar playeras del equipo de Tigres o de la Selección Mexicana personalizadas con su nombre y el slogan de campaña.
“Al incorporar estas marcas a sus campañas por medio de redes sociales, lo que se configura son aportaciones en especie que están prohibidas, estas aportaciones en la forma que fueron utilizadas.
“Estos elementos con los cuales modificaron las marcas evidentemente violentan esos derechos de propiedad intelectual para un uso electoral que es ilícito”, aseveró el analista de temas políticos.
Pide respeto
Por su parte, Cintia Smith, profesora del departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales del Tecnológico de Monterrey, opinó que el Tribunal había actuado irresponsablemente con esta sentencia, violentando los derechos a la libertad de expresión de los candidatos.
Señaló que esta resolución parece más bien estar encaminada a tratar de ganar en tribunales lo que se perdió en las urnas e hizo un llamado a las autoridades electorales a respetar el voto de los ciudadanos y ponerlo como prioridad en sus criterios.