El gobierno de la Ciudad de México publicó hoy los decretos para condonar el impuesto del predial a propietarios con inmuebles dañados por grietas o hundimientos, así como de agua a 541 colonias.
En la Gaceta Oficial, el gobierno capitalino indicó que para que los dueños de edificios con daños estructurales sean beneficiarios del descuento deberán contar con la opinión técnica de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil.
Detalló que los descuentos serán del 50, 75 o 100 por ciento dependiendo del grado de daño de la vivienda y conforme a la información contenida en el Atlas de Riesgos de la Ciudad de México.
El trámite se podrá realizar en cualquier Tesorería de la capital y deberán presentarse los interesados a más tardar el 31 de diciembre de este año.
La documentación requerida es:
- Declaración de Valor Catastral
- Pago del Impuesto Predial (boleta predial)
- Reporte original de la opinión técnica emitida por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México.
Destacó que el descuento no será aplicable a las dependencias, entidades, órganos políticos administrativos o autónomos de la administración pública y será únicamente para el ejercicio fiscal 2019.
Condonación al impuesto de agua
La jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, oficializó la condonación al 100 por ciento de predial y agua para 541 colonias con un índice de desarrollo social muy bajo.
En la Gaceta Oficial, la mandataria capitalina explicó que sólo se aplicará el descuento en el predial a los contribuyentes que paguen en una sola exhibición, el impuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2019.
Mientras que para el derecho al descuento del servicio de agua, el beneficio surtirá efecto, siempre que los capitalinos paguen de manera puntual, los derechos que se generen durante este año.
Agregó que para esta condonación no será necesario que las personas acudan a realizar el trámite, ya que le corresponde a la Tesorería y el Sistema de Aguas realizar lo conducente.
El artículo 44, fracción I, del Código Fiscal de la Ciudad de México, otorga a la jefa de Gobierno la facultad de emitir resoluciones para condonar el pago de contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios, principalmente, en hogares con un índice de desarrollo social muy bajo.
FLC