La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pidió a la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) establecer medidas fitosanitarias complementarias o alternativas en la revisión de los cargamentos de maíz, importados desde Estados Unidos, luego del hallazgo de deficiencias en las inspecciones que realiza la dependencia, lo que vulnera el derecho humano de la población mexicana a una alimentación adecuada
Durante el año 2021, la Comisión recibió quejas que acusaban a la Senasica por las modificaciones al “Módulo de Requisitos Fitosanitarios” en las mercancías provenientes de Estados Unidos, ya que “se realizaron de forma indiscriminada, sin sustento técnico ni científico, fundamentación, motivación de acto de autoridad ni con el debido cumplimiento de las formalidades del procedimiento”.
“Las quejas presentadas reclamaron que la modificación de criterios de importación aumentó el riesgo real de ingreso de plagas cuarentenarias al país, contaminando almacenes y graneros, así como su diseminación accidental en el campo mexicano, con afectaciones al bienestar animal, el medio ambiente y la salud de la población”, destacó el organismo en la Recomendación 109/2022.
Ante ello, el 6 de octubre de 2021, visitadores adjuntos de la CNDH acudieron a la denominada “Estación Sánchez”, ubicada en Nuevo Laredo, Tamaulipas, en la que se constató que en dos de seis contenedores de un tren proveniente de Estados Unidos, cuyas cajas habían sido previamente inspeccionadas por personal de Senasica, “la autoridad no observó insectos vivos (picudos y barrenadores), por lo que no emitió orden de tratamiento o acondicionamiento de la mercancía”.
Al día siguiente, se repitió el procedimiento en seis vagones de un total de cien, pertenecientes a otro ferrocarril se la presencia de insectos vivos, entre “adultos” y “larvas”. Un inspector de Senasica nuevamente informó que ya había realizado la inspección de dicho cargamento de maíz amarillo y que no había observado insectos vivos.
“La Comisión Nacional constató que la inspección llevada a cabo por Senasica en el punto de ingreso resulta insuficiente para detectar y reducir los riesgos fitosanitarios en la importación de maíz, vulnerando con ello el derecho humano a la alimentación adecuada, en agravio de la población en general, toda vez que las medidas fitosanitarias deficientes contravienen la obligación de las autoridades de asegurar una calidad de alimentos satisfactoria para la salud”.
Por ello, la CNDH solicita a los titulares de la Secretaría de Agricultura y de SENASICA que, de manera coordinada, establezcan medidas fitosanitarias complementarias o alternativas que sustituyan la sola aplicación de tratamientos en punto de ingreso, tomando en consideración la evidencia científica y, en su caso, el análisis de riesgo de plagas, además de colaborar en la denuncia que este Organismo Nacional presente contra las personas servidoras públicas involucradas en los actos y omisiones descritos.
Asimismo, pide elaborar un informe diagnóstico conjunto que describa los obstáculos que afecten la correcta realización de inspecciones visuales; realizar un análisis científico para determinar si la sola aplicación de tratamientos fitosanitarios en el punto de ingreso resulta suficiente para asegurar el nivel adecuado de protección al consumidor de trigo y cacahuate proveniente de Estados Unidos e implementar cursos de capacitación en materia de estándares nacionales e internacionales en materia de alimentación y fitosanidad.