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Antes de exhibir, exhorto debe ser válido, dice Clara luz

La alcaldesa de Escobedo mencionó que si no se contestan de manera adecuada es porque no existe un parámetro para ello, por lo que es tarea del Poder Legislativo establecer el cómo. 


Luego de que la Comisión de Legislación aprobara cambios a la ley que facultan al Congreso para exhibir en su página web a los funcionarios que no atiendan los exhortos, la alcaldesa de Escobedo, Clara luz Flores, consideró que antes se tiene que verificar la validez de la solicitud.

El legislativo argumentó que sólo se obtiene una respuesta adecuada del 25 por ciento del total de exhortos emitidos, mientras que los demás no son atendidos o se contesta algo diferente a lo requerido.

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Sin embargo, la munícipe refirió que para que esta herramienta jurídica sea atendida puntualmente primero se debe revisar que la parte aludida tenga facultades para llevar a cabo la solicitud.

“Habría que ver en qué condiciones y cuál sería la forma primero del exhorto y en qué condiciones sea el exhorto y la legalidad del exhorto y ese tipo de cosas. (…) La intención de la exhibición, vamos a decirlo así, depende de en qué condiciones sea y que sea viable jurídicamente”, comentó.

Clara luz Flores argumentó que si no se contestan los exhortos de manera adecuada es porque no existe un parámetro para ello, entonces es tarea del Poder Legislativo establecer el cómo.

"No creo que haya funcionarios que no los quieran atender, siempre y cuando no violenten ningún derecho (…) insisto en que valdrá la pena también definir cuál es la manera correcta, sería bueno que la definieran en todos los sentidos cuál es la manera correcta y cuáles son las atribuciones de cada quien”, apuntó.

Según la Real Academia Española, el exhorto es un “oficio que un juez o tribunal dirige a otro recabando auxilio para realizar una diligencia procesal fuera del ámbito de su jurisdicción”.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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