Policía

Ordenan dejar sin efecto vinculación a proceso contra Ramón Sosamontes por 'Estafa Maestra'

Amparan a ex colaborador de Rosario Robles.

Un Tribunal Federal amparó a Ramón Sosamontes Herreramoro, sentencia que ordena dejar sin efecto el auto de vinculación a proceso que le fue dictado por presuntamente suscribir un contrato de manera indebida por 353 millones de pesos con Radio y Televisión de Hidalgo (RTH), en el caso denominado la Estafa Maestra.

Alberto Torres Villanueva, magistrado del Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal en la Ciudad de México, resolvió de manera unitaria otorgar la protección de la justicia al ex colaborador de la ex secretaria de Estado, Rosario Robles Berlanga.

En su resolución, Torres Villanueva mencionó que, al momento de resolver el recurso de apelación contra la vinculación a proceso, el Segundo Tribunal Colegiado en la citada materia no fundó ni motivo su decisión y no se pronunció sobre los diversos agravios expresados por la defensa.

Por ello, el magistrado ordenó dejar sin efecto el auto de vinculación dictado el 13 de febrero de este año por el presunto delito de uso indebido de atribuciones y facultades.

Ahora, el Segundo Tribunal Colegiado deberá emitir una nueva resolución, en la que con libertad de jurisdicción debe pronunciarse sobre los agravios expresados por la defensa.

Ramón Sosamontes alegó en su amparo que, en su asunto se actualiza la excluyente del delito consistente en la inexistencia del elemento normativo de lo indebido del tipo penal, por lo que era procedente dictar un auto de no vinculación a proceso.

Sin embargo, el magistrado Torres Villanueva no se pronunció sobre el fondo del asunto, porque primero se debe subsanar lo que no hizo el otro Tribunal.

En su amparo, la defensa de Sosamontes Herreramoro señaló que el Tribunal no respetó las reglas y principios de valoración de los prueba, además de que tampoco realizó un estudio correcto, dogmático y jurídico del elemento normativo de lo “indebido”, que exige el tipo penal.

También alegó que no es aplicable la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, ya que los convenios supuestamente firmados por el vinculado, fueron en su carácter de jefe de oficina de la entonces Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) y el gobierno del estado de Hidalgo, a través de su organismo descentralizado RTH.

“Es decir, fue entre una dependencia federal con una dependencia de la entidad federativa de Hidalgo, por lo que no se actualizan todos los elementos de tipo penal, porque si bien Ramón en su calidad de servidor público, realizó una contratación, ésta fue con una dependencia también de gobierno, que es Radio y Televisión de Hidalgo, organismo descentralizado de la Administración Pública Estatal, y es lo que establece el párrafo quinto, del artículo 1 de la Ley de Adquisiciones”, indicó la defensa.

ROA

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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