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Corte atrae amparos por fotomultas en la CdMx

El pasado 2 de mayo, la Sala declaró constitucional la imposición de fotomultas por infracciones de tránsito en la CdMx. Este fue el primer pronunciamiento de la Corte sobre el tema.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerció su facultad de atracción y reasumió su competencia para conocer dos recursos de revisión relacionados con el sistema de fotomultas por infracciones de tránsito en la Ciudad de México.

El pasado 2 de mayo, la Sala declaró constitucional la imposición de fotomultas por infracciones de tránsito en la CdMx. Este fue el primer pronunciamiento de la Corte sobre el tema.

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Ahora, un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa solicitó a la Sala resolver en definitiva un amparo donde un particular reclamó la imposición de sanciones por infracciones de tránsito captadas mediante mecanismos automatizados en la capital del país.

Los magistrados pidieron a la Corte determinar si existe violación a los derechos fundamentales de los infractores de tránsito de la Ciudad de México, al no ser escuchados de manera previa a la imposición de la multa.

En el segundo caso, la Sala reasumió competencia, porque otro tribunal colegiado pidió que se solucione en definitiva un amparo que impugna violaciones a los derechos fundamentales de los infractores de tránsito de la CdMx, e incluso de otros municipios que cuentan con el sistema de fotomultas.

Hace dos semanas, la Segunda Sala avaló el proyecto de sentencia del ministro José Fernando Franco González Salas, donde menciona que la aplicación de las fotomultas no viola el derecho de audiencia como alegó un ciudadano.

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Durante la discusión del tema, el ministro Alberto Pérez Dayán pidió declarar inconstitucional la aplicación de fotomultas, porque dijo que es responsabilidad del Estado garantizar que las instituciones sean las que verifiquen los instrumentos que se usan para infraccionar y no una empresa privada (Autotraffic) que se lleva el 46 por ciento de las ganancias, situación que no genera certeza entre los gobernados.

No obstante, la Sala revocó el amparo que otorgó Fernando Silva García (hijo del ex presidente de la Corte, Juan Silva Meza), titular del juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa del Primer Circuito, a Víctor Manuel López Balbuena.

Silva García concedió diversos amparos declarando que diversos artículos del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México violan el derecho fundamental de audiencia previa, conforme a los postulados previstos por el artículo 14 constitucional.

El juzgador consideró que un video o una foto no debe generar en automático un acto de privación en perjuicio de alguna persona.

nerc

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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