Cultura

Del “ampáranos Señor” al “ampárenos señor juez”

Conocer y enterarse de acontecimientos del ámbito público y gubernamental que impactan en la vida cotidiana, pareciera asunto de ciudadanos privilegiados cercanos a las cúpulas del poder o con un intelecto capaz favorecido por un pensamiento crítico.

En nuestro país el derecho de acceso a la información se plasmó en el artículo 6 de nuestra Carta Magna desde 1977. 

Desde entonces y hasta nuestros días ha sufrido una serie de modificaciones en la propia constitución y que vemos de manera más amplia y detallada en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Telecomunicaciones.

De esta última y de las más actuales: el derecho de las audiencias, la cual establece que toda persona tiene derecho a la información y el ACCESO a ella.

Ante la contingencia sanitaria por el coronavirus en el mundo y en el país, se ha hecho pertinente por parte del Estado y de los medios de comunicación recordarle a la población la imperiosa necesidad de estar informados por fuentes confiables y darle la espalda a las noticias falsas. 

Pero nadie se ha ocupado por detenerse a mirar si esos contenidos son realmente accesibles a la DIVERSIDAD de la audiencia como aquellas que viven con alguna discapacidad.

O ¿cómo cree usted que las personas sordas se enteran de los reportes sanitarios que las autoridades emiten en las ruedas de prensa si no se cuenta con un intérprete en Lengua de Señas Mexicana? ¿Cómo “visualizan” las personas ciegas las infografías en las que usualmente se apoyan las direcciones de comunicación social de los tres niveles de gobierno para informar sobre medidas de prevención sobre el COVID 19?

Pese a que es una obligación del estado ser garante al derecho al acceso de la información, Erik Arellano Hernández activista sordo se dio cuenta de este vacío por lo que en compañía de la abogada Cecilia Guillén Lugo solicitaron amparo para exigir al gobierno mexicano cumpla con la obligación de informar en formatos accesibles, mismo que le fue concedido en los términos solicitados por la licenciada Alejandra Guadalupe Pérez Cerisola del juzgado decimotercero de distrito en materia de la CDMX. 

Primero Persona. 


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Verónica Rocha
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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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