Política

Responsabilidad y prudencia legislativa

Desde la responsabilidad y prudencia política y social, no es conveniente ni oportuno que en Jalisco se realice una elección extraordinaria para elegir personas juzgadoras locales este 2025. No hay tiempo ni condiciones para un ejercicio democrático de tal envergadura. ¿Por qué?

1. Desde el 15 de septiembre pasado, a pesar de que el Congreso de Jalisco votó en contra, con la Legislatura anterior, de la reforma constitucional para elegir mediante voto popular a personas juzgadoras, se sabía de la armonización de los marcos jurídicos locales con tiempo. Para entonces, además, quienes integrarían la siguiente legislatura pudieron centrarse en qué hacer. Ninguna legislatura lo tuvo en cuenta. Ya entrado 2025 se dieron cuenta que había que hacerlo.

2. En pronunciamientos y propuestas públicas, desde el Legislativo hay expresiones que denotan falta de claridad de los tiempos y procesos que corren en lo federal, e incluso en las disposiciones constitucionales. Pareciera que esta elección, novedosa y con tufo experimental, fuese como “enchílenme otra para llevar”. Considerar que el límite (marzo) para armonizar y adecuar las leyes y normas locales a la disposición constitucional federal es suficiente para que el próximo 1 de junio haya elección local extraordinaria, denota carencias preocupantes de lo que implicaría operativamente una elección de tal calado, pero sobre todo, de las consecuencias sociales, políticas y en el sistema de justica para el estado y las personas justiciables.

4. Desde 2014 nuestro sistema electoral mexicano es nacional, por lo que los organismos electorales locales (IEPC) caminan y operan de la mano con el nacional (INE). Ambos con competencias y facultades independientes, pero también concurrentes.

Si para el INE el proceso electoral extraordinario, además de menguado de recursos, sortea murallas jurídicas con retrasos e incertidumbre en procesos, el que Jalisco de última hora, a destiempo, se suba a ese tren, provocaría un desastre mayúsculo local, al de ya de por sí anticipado nacional. O qué, ¿quieren un pretexto para reventar el sistema electoral mexicano?

5. Jalisco no está obligado, constitucionalmente a realizar su elección extraordinaria este año. Realizarla en 2027, como establece la Constitución federal, abre la posibilidad de una reforma integral a nuestro sistema de justicia, y a partir de esta diseñar un proceso de designaciones públicas de personas juzgadoras, pero con filtros previos que den certeza, confianza a quienes participen como aspirantes, y en particular abiertos a la fiscalización pública.

Responsabilidad y prudencia, estimo, debe imperar en estos momentos; levantar la mirada más allá del 1 de junio próximo. Esto habrá que amasarlo bien, con el reposo que requiera. 


Google news logo
Síguenos en
Rubén Alonso
  • Rubén Alonso
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.