Política

Acciones para poner un alto al acoso y hostigamiento sexual

  • Columna de Pilar Ortega
  • Acciones para poner un alto al acoso y hostigamiento sexual
  • Pilar Ortega

Hace algunas semanas salieron a la luz fuertes acusaciones de acoso sexual que señalaron a figuras públicas del mundo cinematográfico en los Estados Unidos. A partir la primera denuncia, comenzaron a surgir otras. Quienes por fin hablaron, habían guardado silencio por mucho tiempo. Y es que este tipo de delitos mantienen una enorme cifra negra derivado del temor, de la vergüenza y del miedo.

Las víctimas mas visibles de estos delitos siguen siendo mujeres y las niñas, aunque no exclusivamente.

De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre las Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH 2016) del INEGI, el 26.6% de las mujeres que son empleadas o lo han sido alguna vez, ha sufrido violencia principalmente de carácter sexual.

De acuerdo con la misma encuesta, de las mujeres que han asistido a la escuela, el 25.3% señalaron haber sufrido violencia por parte de maestros y compañeros de clase. De igual manera, las agresiones más frecuentes fueron de carácter físico o sexual

¿Cómo distinguir en qué casos nos encontramos frente al hostigamiento sexual y cuáles son los casos que podemos considerar como acoso?

Ambas conductas constituyen formas de violencia que suceden en el ámbito laboral o escolar .

De acuerdo con el articulo 13 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida libre de Violencia, se considera hostigamiento sexual al “ejercicio de poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.”

Por otro lado, el mismo artículo define al acoso sexual como una “forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.”

Actualmente, el hostigamiento está tipificado como delito en el artículo 259 bis del Código Penal Federal y aunque sólo procede ante la denuncia de la víctima y la sanción es una multa, se establece que para el caso de servidores públicos implicará su destitución.

En las reformas de 2012 a la Ley Federal del Trabajo se estableció como causa de rescisión del contrato laboral la comisión de actos de hostigamiento y/o acoso por parte del trabajador. Igualmente dispone la aplicación de multas para los patrones que toleren estas conductas en los centros de trabajo.

Las reformas al Código Penal Federal y a algunos códigos penales de las entidades federativas, así como a la Ley Federal del Trabajo, representan esfuerzos importantes pero no suficientes. En materia de responsabilidades administrativas, por ejemplo, se establece que serán castigadas las faltas de los servidores públicos que impliquen daños patrimoniales a

a la institución, pero no se prevén sanciones para quienes cometen actos de acoso u hostigamiento sexual contra el personal de su institución.

Recientemente suscribí una iniciativa en el contexto de la nueva regulación de responsabilidades administrativas derivadas del Sistema Nacional Anticorrupción para adecuarlas al ámbito del poder judicial. Por ello propusimos establecer como falta administrativa grave el hostigamiento sexual cometido por parte de servidores públicos dentro de la estructura del Poder Judicial federal, independientemente de las sanciones penales que resulten de tales conductas. El pasado jueves 7 de Diciembre, la Comisión de Justicia aprobó estas propuestas en el contexto de la necesaria armonización de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación con la nueva Ley General de Responsabilidades Administrativas, y pronto será discutidas en el pleno del Senado.

Sin embargo, aún queda mucho que hacer para cambiar las cifras que siguen mostrando un rostro de violencia en nuestro país. Hombres y mujeres por igual debemos tomar conciencia del daño causado por estas conductas . Debemos entender también que no es normal ni tampoco es justo el que las mujeres no gocen de las mismas condiciones que los hombres dentro de los espacios educativo, laboral y profesional, y que es necesario decir “basta” a lo que parece ser para muchas mujeres parte de una especie de rutina: soportar acciones acoso y hostigamiento en silencio. Quienes queremos transformar esta situación podemos ser parte del cambio. Podemos comenzar por romper el silencio y denunciar.

@PilarOrtega

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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