De acuerdo con la ley, las administraciones municipales dejan el cargo a las entrantes el 30 de septiembre, de acuerdo con el Artículo 22 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León. Es decir, faltan 60 días para que ese plazo llegue.
Textualmente señala que el “Ayuntamiento electo se instalará solemne y públicamente el día 30 de septiembre del año que corresponda, conforme a lo establecido en la Constitución Política del Estado, aunque hubiere tomado protesta en hora anterior. El ejercicio del mismo iniciará a las 00:00 horas del día 30 de septiembre”.
Las autoridades actuales deberán convocar a una sesión solemne, a la cual se invita a la comunidad en general, y en la misma debe referir el lugar, fecha y hora de la sesión, así como el orden del día correspondiente.
En todos los casos donde hubo controversia como fue el caso de Monterrey, los contendientes tuvieron que acudir 1) a un juicio de inconformidad, que se tramita ante el Tribunal Electoral Local, 2) contra lo resuelto por ese tribunal procede el juicio de revisión constitucional ante una Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Por último, contra la determinación de la Sala Regional pudiera interponerse un recurso de reconsideración que será del conocimiento de la Sala Superior. La decisión de la Sala Superior será inatacable, constituyendo la última instancia en un proceso electoral.
Es decir, hay pasos que desde el punto de vista legal se deben seguir, pero una vez que la Sala Superior decide, es palo dado y nadie se los quita. Así pues, los tiempos se acortan y aunque mediáticamente lo expongan, de nada servirá.
En el caso concreto de la capital regiomontana, este jueves el aspirante de la coalición PAN-PRI-PRD declaró públicamente que el gobernador Samuel García está presionando a los consejeros del INE por supuesto rebase en el tope de campaña.
Los que conocen de procesos electorales saben que la única instancia válida es un tribunal electoral, y no el encargado de organizar la elección, porque está fuera de su campo de acción el tomar alguna resolución en ese sentido.
En dos meses sí o sí, los alcaldes electos en el estado tienen que tomar posesión, y contra eso nada podrán hacer los que perdieron en las urnas, aunque tengan sus razones o pruebas para atacar ese resultado. Las declaraciones o exigencias ante la opinión pública son solamente patadas de ahogado.