Política

Encrucijada panamericana

  • Con todo respeto
  • Encrucijada panamericana
  • Horacio Castellanos Herrera

La controversia sobre el probable caso de plagio en la tesis de licenciatura del hoy presidente de México, de suyo aún no reconocido por autoridad en la materia ni dictaminado por juez alguno, sigue dando motivo de suspicacias, aclaraciones, "dimes y diretes", así como revuelos de diversa índole que van desde los deseos más mundanos que aspiran a ver al presidente caído y dimitido por este, sí, bochornoso escándalo que ha alcanzado hasta la reputación de diversas instancias académicas -de las más prestigiosas del país-, hasta aquellos que han escalado la víspera en la no menos controversial consecuencia que debería tener "el supuesto plagio" en los logros académicos de Peña Nieto, clamando no solo la anulación de su licenciatura, sino también, su posgrado obtenido en otra institución.

Entre tanto, algo que destaca de las últimas horas, es el comunicado reciente de la Universidad Panamericana que, en cierta medida, estaría abriendo la puerta a la primera confirmación institucional del multicitado caso, a través de las siguientes líneas:

"La Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana, congruente con sus principios institucionales, informa que ha revisado el desempeño de la entonces Escuela de Derecho, en el proceso de titulación del ex alumno Enrique Peña Nieto referente a la tesis "El Presidencialismo Mexicano y Álvaro Obregón" llevado a cabo en el año de 1991.

La revisión identificó lo siguiente:

El procedimiento de titulación cumplió con los requisitos de tiempo y forma vigentes en 1991.

La tesis presenta ideas propias, ideas ajenas citadas e ideas ajenas no citadas.

Se encontraron cinco formas de tratamiento de ideas ajenas:

• Reproducciones textuales de fragmentos de obras publicadas anteriormente de acuerdo a estándares académicos.

• Reproducciones textuales de fragmentos sin cita a pie de página ni en el apartado de la bibliografía.

• Reproducciones textuales en las cuales no existe cita a pie de página pero sí referencia en el apartado de bibliografía.

• Reproducciones textuales en las que se da crédito al autor de forma ambigua o imprecisa.

• Casos en los que se da crédito al autor original, pero no a la fuente de la que fue tomada la cita.

De lo anterior, la Facultad de Derecho procedió a la búsqueda de reglas que permitieran responder a un hallazgo de esta naturaleza y concluyó que:

1) Se trata de un caso sin precedentes en el que no existen disposiciones en los cuerpos regulatorios aplicables a ese procedimiento de titulación. Se solicitó una consulta técnica a la Universidad Nacional Autónoma de México para que confirme por escrito este criterio.

2) El Reglamento General de nuestra institución no es aplicable a ex alumnos.

3) Estamos frente a un acto consumado sobre el que es imposible proceder en ningún sentido".

Dándole el beneficio de la duda a la institución, con base en el prestigio que la ha consolidado, y en beneficio de su honorable comunidad hay, cuando menos, un par de razones para no dudar de ella, a saber:

Porque al día de hoy no se había presentado ningún caso de semejantes características en su haber.

Porque nada acusa omisión en su actuación.

Porque hace 25 años no había marco regulatorio que sancionara como hoy el plagio.

Porque en caso de que el presunto plagio se confirme, queda la carga de la responsabilidad del acto al autor del documento.

Porque en el caso anterior, el autor habría cometido dicho acto bajo un par de supuestos: dolo o ignominia.

Porque si el autor hubiese actuado con dolo, entonces la universidad solo sería victima.

Porque si el autor hubiese actuado por ignominia, entonces su director de tesis sería el responsable de no haber advertido dicha carencia estructural y, además, no haberle instruido correctamente al respecto.

Porque una universidad persé avala trabajos recepcionales bajo un par de supuestos: la certeza de que forma alumnos para actuar de buena fé y de que; en un proceso de titulación, delega en ellos la confianza de escoger a su asesor de tesis, quien es el principal responsable de la metodología aplicada y, por ende, de la estructura de un trabajo de tales características, lo que en su caso no debiera ser objeto de crítica alguna para las instituciones académicas.

Ahora bien. La situación exige una pronta determinación del caso, y ante las circunstancias, bueno sería que, en primera instancia, se conozca la postura del presidente al respecto, y posteriormente a ello, tuviera la iniciativa de resarcir el daño haciendo un nuevo trabajo recepcional, y que un grupo de sinodales, representantes de instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, así como otros sínodos promovidos por la sociedad civil, revisarán su nuevo trabajo, y se emitiera una nueva evaluación, con base en el marco regulatorio actual, con el propósito de que en su caso se recupere la honorabilidad de las partes, o todo lo contrario, y asunto zanjado. De lo contrario, el daño seguirá permeando a quienes menos deben en esto, que son, precisamente, las instituciones académicas involucradas así como la confianza de la sociedad... y si no fuera mucho pedir, sería bueno que también se le exigiera al periodismo de nuestros días menos fanfarroneo y más profesionalismo, especialmente para evite daños colaterales innecesarios y, sobre todo, sin menosprecio a la capacidad intelectual de la opinión pública.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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