Política

El fin de la prisión preventiva oficiosa

  • Laberinto de la legalidad
  • El fin de la prisión preventiva oficiosa
  • Guillermo Raúl Zepeda Lecuona

Recientemente el Gobierno Federal y los gobernadores de los estados han solicitado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que no declare la inconvencionalidad (declarar que es contraria a la Convención Americana sobre Derechos Humanos) de la prisión preventiva oficiosa (PPO). La mala noticia es que hace más de un año esta figura procesal ya fue declarada inconvencional por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En uno de los casos resueltos por la CIDH las personas procesadas duraron en prisión preventiva 17 años cuando nuestra Constitución la limita a 2 años. ¿Por qué es inconvencional la PPO? Porque en México, en lugar de que sea el juez el que decida si procede la PP después de que el ministerio público y la defensa argumenten sobre el riesgo de fuga y la posibilidad de obstaculizar la investigación, como sucede en la mayor parte del mundo, aquí en la Constitución se establece un listado de delitos para los que aplica directamente la PP, en automático (“de oficio”), sin considerar las otras 13 medidas de ley que podrían evitar la fuga: localizador electrónico, fianza (caución), arresto domiciliario, presentarse a firmar periódicamente ante la autoridad, que se le retire el pasaporte, entre otros).

¿Por qué es injusta y violatoria de derechos humanos? Porque este régimen torpe y miope para aplicar la PPO lleva a muchas injusticias. Censos y muestreos de expedientes (Zepeda 2021) han demostrado que en 47% de los casos en que se aplicó la PPO ha sido innecesaria e injusta, pues los delitos realmente no eran graves, como señalaban las acusaciones, y las personas sin antecedentes penales, con familia, con arraigo y trabajo establecido (que hacen poco probable que se hubieran fugado) acaban siendo absueltas o reciben sanciones como una multa. En tan solo dos años la reforma de AMLO, aumentando los delitos de PPO propició que las personas en PP pasarán de 67 mil a 94 mil (43% de las personas en prisión).

Si cada persona en prisión cuesta al erario 400 pesos diarios ¿por qué los gobiernos siguen abusando del uso de la prisión preventiva? Porque da la ilusión de que más personas en prisión significan más seguridad y reducción del delito. Es un subsidio a las insuficiencias y deficiencias de la investigación criminal. Basta con dar datos de prueba de un delito “grave” para que la persona sea privada de la libertad, sin tener que investigar y demostrar el riesgo de fuga.

La CIDH ya condenó al Estado mexicano a que deje de usar el arraigo y que elimine la PPO. Los legisladores y ejecutivos han sido omisos en atender este mandato, por lo que tendrá que ser la Corte la que declaré que la PPO ya no puede aplicarse en nuestro país. Lo que tienen que hacer las autoridades de los tres niveles de gobierno es mejorar las condiciones en que desarrollan su labor las instituciones encargadas de reducir la PP a su menor expresión (como las Unidades de medidas cautelares), mejorar la capacidad de los ministerios públicos para argumentar el riesgo de fuga en las audiencias y que desarrollen la supervisión y eficacia de las otras medidas cautelares distintas de la prisión.


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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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