“He pasado mi vida entera pensando en cuentas por cobrar imaginarias que me deben para evitar las verdaderas deudas que tengo con otros y así todo mundo termina quebrado.”
Craig D. Lounsrough
A mediados del siglo XVI, por el año 1560 los prestamistas o banqueros de Italia, ejercían su profesión en bancas y mesas, cuando uno se declaraba insolvente, su banca y/o mesa eran rotas y se entendía entonces que estaba fuera del negocio de ahí el origen de la palabra del italiano banca rotta.
En la antigua Grecia no existía el concepto de banca rota, si una persona debía dinero a otra y estaba imposibilitado a pagar, el hombre endeudado, su esposa y su familia pasaban a una “esclavitud de deuda” hasta que la deuda fuera pagada.
De acuerdo con el antiguo testamento (Torah) las deudas eran perdonadas cada siete años, en cuanto los judíos se establecieron en Israel, comenzaron a contar ciclos de 7 años. Cada ciclo culminaba en un año sabático conocido como Shemittah (del hebreo:liberar).
Hasta hace poco más de 20 años, en México existía una ley de “Quiebras y Suspensión de pagos”, la cual era muy eficaz para defender al comerciante o deudor, sin embargo, era tan eficaz que se abusó de ella sin consecuencias, dañando a acreedores, empleados y todo aquel que tuviera una cuenta por cobrar.
Debido a lo anterior, la anterior ley desaparece y surge la Ley de Concursos Mercantiles, la cual, como casi siempre pasa, se va de un extremo al otro, complicando que una persona física o un pequeño comerciante se acojan a la protección de dicha ley ya que es complicada y cara además de que requiere de conocimiento jurídico y recursos.
El espíritu de la ley es defender a los acreedores y buscar que el comercio pueda seguir operando para enfrentar sus deudas y reorganizarlas ya que en la mayoría de los casos es bombardeado por demandas de toda índole, desde civiles, mercantiles, laborales hasta penales.
Algunos supuestos en la ley para acogerse a la misma son: el incumplimiento generalizado de las obligaciones de pago a dos o mas acreedores y se presenten las siguientes condiciones: que las obligaciones de pago tengan por lo menos 30 días de haberse vencido, que el comerciante no tenga activos para hacer frente por lo menos al 80% de sus obligaciones vencidas y en resumen que sus inversiones o cuentas por cobrar no alcancen para cubrir sus deudas.
La ley no busca acabar con el comercio sino todo lo contrario, busca garantizar su operación y a través de especialistas, ordenar la operación y frenar las ejecuciones judiciales ordenándolas en base a prelación, cuidando con ello, la viabilidad del negocio, la fuente de repago, empleo y viabilidad de este.
Hay muchas razones por las cuales uno puede caer en desgracia algunas por irresponsabilidad y otro más producto de circunstancias externas fuera de nuestro control, como por ejemplo una pandemia.
Todo lo anterior planeado y visualizado para que una persona física o moral puedan recurrir a esta ley, pero ¿Qué pasa cuando un gobierno está en quiebra y cumple con todos los supuestos que marca la ley? Pues, no pasa nada, porque la ley no contempla a gobiernos ni empresas gubernamentales.
Hoy hay varios municipios que cumplen en exceso con los supuestos para ser declarados no únicamente en concurso mercantil, sino en quiebra absoluta.
Claramente se presume que, si un gobierno pudiera declararse en quiebra, se desataría un pánico generalizado, bancos y acreedores internacionales reaccionarían y podría haber una diáspora de capitales.
Pero yo me pregunto ¿Qué pasaría si los supuestos antes mencionados no fueran así? ¿Qué pasaría si existiera la posibilidad de reorganizar a gobiernos locales y sus empresas de manera ordenada y legal?
Hoy vemos municipios completamente quebrados al grado que no pueden siquiera cumplir con el pago de sus nóminas, combustibles para los vehículos mediante los cuales se brindan los servicios públicos a la población y menos aún a sus acreedores.
Pero cerrar los ojos o meter la cabeza en un agujero en el suelo y repetir una y otra vez “esto no está sucediendo” no desaparece el problema.
Yo digo que hay que entrarle al toro por los cuernos, y en vez de que los municipios esten a salto de mata abriendo y cerrando cuentas bancarias para impedir embargos, con amparos y estrategias burdas para evitar que sus ediles y funcionarios sean destituidos impulsar una ley clara y transparente que: primero. - garantice el funcionamiento del gobierno, seguridad pública, servicios y mantenimiento a la deuda y segundo. - sin tintes políticos ni acuerdos que cubran las responsabilidades exhiba y sanciones a los causantes del quebranto y si aquel fue por alguna circunstancia externa que al menos le de oxígeno a la entidad para continuar con la operación.
Así como Craig D. Lounsrough comenta, vivir del sueño de una imaginaria cuenta por cobrar o un milagro por suceder no nos resuelve nada, sin embargo, en el caso de los Ayuntamientos, el que paga el costo es el ciudadano que no recibe los servicios públicos que requiere, se vuelve víctima de la delincuencia y el deterioro se refleja en la pérdida del valor en su patrimonio además de infelicidad e incertidumbre.
Hoy no hay no consecuencias ni soluciones, simplemente crisis, caos y falta de respuestas, además de problemas encima de otros, paros, bloqueaos a vías para manifestar inconformidad por falta de pagos, deterioro en los servicios, etc.
Hago un llamado para que los legisladores estudien e impulsen, ya sea una adición a la actual ley de concursos mercantiles o una nueva, para volverle a dar vida a los municipios que hoy están en agonía.
Enrique Espinosa Olivar