Política

Administración de justicia, con cambios

Las leyes, como prácticamente todo en el mundo, cambian. Recordemos lo abordado el jueves pasado: El decálogo del abogado. De manera particular el número 1: “Estudia: El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado”.

A propósito de eso, me gustaría reflexionar en torno a los cambios que ha habido en la administración de justicia por evolución natural de nuestra sociedad y las leyes como ya dije y ahora además, con motivo de la pandemia conocida popularmente con el nombre de covid-19.

Para empezar, la consulta de los expedientes durante casi dos años, se hizo mediante la cita que debía solicitarse en la página electrónica del Tribunal Superior de Justicia en el Estado. El sistema después de un par de días mandaba un QR al correo electrónico del solicitante en donde se señalaba día y hora para la consulta del expediente. Cabe indicar, que esto antes de la pandemia no era así. En caso de querer consultar el estado de un juicio, la persona simplemente acudía al juzgado sin necesidad de programar una cita.

Para la presentación de las demandas, durante la contingencia, también se tenía que programar una cita. El sistema indicaba los días y los horarios disponibles para acudir a la Oficialía para su presentación. Esto tampoco funcionaba así. Las demandas se llevaban a la Oficialía correspondiente y se presentaban sin necesidad de hacer cita. Las audiencias se realizaban mediante alguna aplicación sin necesidad de ir físicamente. El acceso a los Tribunales se realizó mediante las medidas sanitarias como en muchos lugares a los que acudimos: aplicación de gel, sanitización del cuerpo, uso de cubrebocas, sana distancia, lo cual por cierto hasta la fecha se hace. La consulta para saber el lugar en donde se encuentra nuestro expediente, se realiza mediante el kiosko (que es una computadora), lo cual antes se realizaba mediante libros.

Al respecto, el índice, para conocer el número de expediente de un juicio, también se puede consultar mediante la computadora habilitada en los Juzgados o incluso en el teléfono celular, cosa que antes se hacía mediante libros. Cabe señalar, que el gobierno y en este caso, los Poderes Judiciales tanto de los Estados como el Federal, tienen la obligación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Constitución Federal de  administrar justicia de manera pronta, completa e imparcial debiendo los tribunales ser “expeditos” en su impartición. La palabra expedito de acuerdo al diccionario de la Real Academia Española es “libre de obstáculos o estorbos”.

Así, los juzgados deben de allanar el camino a la ciudadanía, a todos los que acuden a él a que se imparta justicia. A proporcionar todos los elementos necesarios para que la justicia esté al alcance de todos. Incluso el artículo 1 el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, en concordancia con la disposición constitucional indicada, señala lo mismo. De manera es que en realidad lo que están haciendo los juzgados es cumplir con su trabajo y velar por los intereses de todos nosotros.

Carlos Aguilar

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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