La Corte Interamericana de Derechos Humanos dice que el derecho a la verdad es una garantía de las víctimas y sus familias.
Tienen potestad de saber que pasó y por qué pasó el evento victimizante.
Tienen derecho al esclarecimiento de los sucesos y al deslinde de responsabilidades.
Después de este primer párrafo, ya se puede advertir que el Estado es quien está obligado a investigar cada evento bajo su más alta responsabilidad.
Así mismo, tiene la obligación de reparar el daño causado.
Ante la muerte violenta de una mujer, el Estado está obligado a investigar como feminicidio todos los casos, incluyendo aquellos en los que se piense que el motivo de muerte es un accidente o suicidio.
La investigación, es una deuda que se tiene con la mujer fallecida y su familia. Reconocer el derecho a la verdad es lo mínimo y no debería negarse en ninguna circunstancia.
Cuando su yerno llamó a Doña Irinea Buendía en 2010, le dijo que su hija se había suicidado.
Ella no creyó esa versión, sabía la vida de violencia que había tenido su hija, Mariana Lima, junto al que fue su pareja, un policía ministerial.
Después de 5 años, Irinea logró que en 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenara a la entonces Procuraduría Mexiquense que investigara como feminicidio esa muerte.
Desde entonces tenemos los lineamientos de la Suprema Corte de Justicia, entre los que encontramos: recolectar y salvaguardar la evidencia, la realización de pruebas forenses, declarar testigos, reconocer si la víctima vivía en un entorno de violencia y, el contexto generalizado de violencia que viven las mujeres.
ONU Mujeres ha declarado que el suicidio debe investigarse como feminicidio. En Coahuila tenemos un protocolo de investigación para el delito del feminicidio.
Cuando nos encontremos ante falta de investigación en la muerte violenta de mujeres, por omisiones o negligencias, también estamos ante la violación del derecho a la verdad.
Cuidemos bien que esto, no ocurra en Coahuila.